viernes, mayo 3, 2024
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Puente Piedra: Poder Judicial ordena suspensión transitoria del cobro de peaje

Puente Piedra: se cobra peaje sin que se haya previsto vías accesibles de comunicación alternativas sin pago alguno

Puente Piedra. El Séptimo Juzgado Civil Subespecialidad en lo Comercial de Lima ordenó este viernes, mediante medida cautelar, la suspensión provisional del cobro de peaje en las garitas ubicadas en la carretera Panamericana Norte, distrito de Puente Piedra. La concesionaria, Rutas de Lima rechazó la decisión al considerar que la medida viola el articulo 62 de la Constitución Política peruana.

La disposición judicial forma parte de una medida cautelar presentada por la Asociación Casa Huerta de El Paraíso, en Puente Píedra y es emitida dos días después de ventilar dos procesos constitucionales (habeas corpus y amparo) ante el Tribunal Constitucional (TC) contra el cobro de peajes  y a tres días de la entrada en vigencia de la nueva tarifa del peaje de S/ 7.50.

Puente Piedra: El fallo, parte resolutiva

La resolución judicial ordene a RUTAS DE LIMA SAC, se abstenga de cobrar peajes en las Garitas o Unidades de Peaje Chillón ubicadas en la carretera Panamericana Norte, administradas por RUTAS DE LIMA SAC,

Además, la resolución dispone el cierre de dichas garitas o unidades de Peaje Chillón, oficiándose a la Policía Nacional del Perú para que preste su apoyo en la ejecución de la medida cautelar.

Manda además la designación de un veedor a efectos de verificar a que no se efectúe cobro alguno por concepto de tarifa de peaje, en las Garitas en tanto se tramite la nulidad del Contrato de Concesión en el cuaderno principal, evitándose, argumenta, ”que el interés de nuestros asociados y el interés colectivo, se lesione de una forma irreparable”.

Puente Piedra: se cobraba peaje sin que se haya previsto vías accesibles de comunicación alternativas sin pago alguno (Foto: agencia andina).
Puente Piedra: se cobraba peaje sin que se haya previsto vías accesibles de comunicación alternativas sin pago alguno (Foto: agencia andina).

Puente Piedra: el argumento del petitorio

El solicitante de la medida cautelar señala que los usuarios al utilizar un vehículo liviano, vienen pagando en forma diaria la suma de S/ 6.50 soles, no teniendo la posibilidad de usar una vía alterna para evitar dicho pago.

Y que en tanto no existan vías accesibles de comunicación alternativas sin pago alguno, el contrato deberá de declararse nulo parcialmente con relación a las cláusulas que restringen, limitan o prohíben dichas vías accesibles de comunicación alternativa denominadas “Puntos de Fuga”, porque se le está requiriendo al usuario el pago de la tarifa del peaje para poder circular o transitar por la carretera Panamericana Norte.

Puente Piedra: el contenido de la resolución

A partir del análisis conjunto y razonado de los hechos invocados por ASOCIACIÓN CASA HUERTA EL PARAISO-PUENTE PÍEDRA, cabe concluir que su pedido encontraría respaldo en el Contrato de Concesión y según el cual se estarían cobrando a los usuarios peajes en las Garitas o Unidades de Peaje Chillón ubicadas en la carretera Panamericana Norte sin que se haya previsto vías accesibles de comunicación alternativas sin pago alguno, aunque no sean de la misma calidad de las vías materia de concesión y que daría lugar a que el usuario pueda elegir por transitar por la vía alterna sin el cobro de un peaje y sin afectar su derecho al libre tránsito.

Por lo que se presume que dicho Contrato de Concesión podría tener cláusulas contractuales que deben ser materia de revisión por esta Judicatura en el proceso que se interpondrá en su oportunidad, debiéndose tener presente que la afectación que señalan los solicitantes, que no se haya previsto vías accesibles de comunicación alternativas sin pago alguno, podría ser una afectación consagrada en el artículo 3 de la Constitución Política del Estado sobre los derechos fundamentales no ennumerados, en relación a la afectación del Contrato de Concesión que sostienen los solicitantes de la presente medida.

Rutas de Lima

Rutas de Lima rechazó la decisión judicial. «La única autoridad competente para resolver cualquier controversia vinculada al Contrato de Concesión, incluyendo su validez, es un tribunal arbitral…», señaló la empresa concesionaria.

En un comunicado precisó que la medida emitida por el Séptimo Juzgado Civil-Comercial de Lima atenta gravemente contra el artículo 62 de la Constitución Política del Perú, donde se lee que “los términos contractuales no pueden ser modificadas por leyes u otras disposiciones de cualquier clase”.

Adelantó que  ejercerá sus derechos legales por los daños que le generarían como a sus inversionistas.

Puente Piedra: Gráfico publicado por la Municipalidad de Ancón

Puente Piedra: Gráfico publicado por la Municipalidad de Ancón

Reacciones

Elizabeth Zea, adjunta de Asuntos Constitucionales de la Defensoría del Pueblo, saludó el fallo e invocó al Tribunal Constitucional a resolver el hábeas corpus presentado por el alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima lo más pronto posible.

Es un día histórico”, comentó el alcalde de Ancón, Samuel Daza al celebrar  la decisión judicial e instar a las autoridades a resolver rápido el tema a fin de “anular el contrato que no da ninguna garantía jurídica y viola el derecho principal del libre tránsito”.

El alcalde de Lima, Rafael López Aliaga comentó: “Esta es una medida cautelar presentada por un sector de Puente Piedra teniendo en cuenta que la única forma para salir desde Ancón hacia el Centro de Lima es pasar por el peaje, vulnerando el libre tránsito”.

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“¡Obtuvimos justicia para mis hermanos de Lima Norte!. Puse en la agenda política la lucha contra la corrupta Odebrecht y sus peajes abusivos y hoy se logró frenar este abuso que vulnera los derechos fundamentales de millones de limeños. ¡No más peajes corruptos!”, agrega López Aliaga.

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Elí Joacim del Aguila Tuanama
Elí Joacim del Aguila Tuanamahttps://www.agendapais.com
Periodista, con experiencia en el manejo de medios de comunicación masivos, respaldados por 31 años consecutivos de ejercicio periodístico en Radioprogramas del Perú, RPP (donde ejerció cargos jefaturales desde 1995 hasta el 2013) y siete años como director del periódico digital Agenda País.
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