jueves, octubre 3, 2024
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JNJ: Titulares de ONPE y Reniec serán sometidos a proceso de evaluación tras decisión de continuar en el cargo

JNJ evaluará los resultados de la gestión, así como la labor desarrollada durante el desempeño del cargo

JNJ. La Junta Nacional de Justicia  anunció hoy que evaluará la labor y los resultados de la gestión del jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), Piero Corvetto Salinas y de la jefa del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), Carmen Velarde Koechlin, luego que ambos funcionarios manifestaron su voluntad de continuar en el cargo.

“Los titulares de  @ONPE_oficial y  @ReniecPeru manifestaron ante la Junta Nacional de Justicia su voluntad de continuar en el cargo, por lo que deberán pasar el procedimiento de Evaluación y Ratificación de acuerdo al Reglamento de la JNJ”, señaló el organismo autónomo en su cuenta de X.

Ambos funcionarios enviaron cartas dirigidas al presidente de la JNJ, Antonio de la Haza, donde expresaron su intención de continuar en el cargo, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento del Procedimiento de Evaluación integral y Ratificación del (la) Jefe(a) de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y del(la) Jefe(a) del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC).

jEl Pleno de la Junta Nacional de Justicia adoptará la decisión final en los procedimientos de evaluación integral y ratificación, y otros de su competencia (Fo5to: JNJ).
El Pleno de la Junta Nacional de Justicia adoptará la decisión final en los procedimientos de evaluación integral y ratificación, y otros de su competencia (Fo5to: JNJ).

De esta manera, el presidente de la JNJ solicitará a la Comisión Permanente de Evaluación Integral y Ratificación elaborar una propuesta de cronograma del proceso de evaluación, para que sea aprobado por el Pleno del organismo constitucional.

Una vez publicado el inicio de la convocatoria, los titulares de ambos organismos tendrán quince días para presentar a través de la mesa de partes física o virtual de la JNJ toda la información requerida para su proceso de evaluación y ratificación.

El Reglamento

El “Reglamento del Procedimiento de Evaluación Integral y Ratificación del jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y de la jefa del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC)”, manda que se procede la evaluación de los funcionarios citados, siempre que expresen su voluntad de continuar en el cargo por un plazo adicional al que culminan en agosto de este año.

De acuerdo al reglamento, los funcionarios tenían el 29 de febrero, seis meses antes del vencimiento de su gestión (31 de agosto) para solicitar a la JNJ su evaluación para ratificación por un período adicional de cuatro años.

La JNJ evaluará los resultados de la gestión, así como la labor desarrollada durante el desempeño del cargo, con la información que presenten, así como con la solicitada a la Contraloría General de la República y otras entidades públicas o privadas.

Antonio de la Haza, presidente de la JNJ (Foto: JNJ).
Antonio de la Haza, presidente de la JNJ (Foto: JNJ).

El procedimiento de ratificación tendrá las siguientes etapas: Fase de la convocatoria, Fase del apersonamiento, Fase de la evaluación y Fase de la decisión.

El procedimiento de ratificación se divide en las siguientes etapas:

  • a) Fase de la convocatoria
  • b) Fase del apersonamiento
  • c) Fase de la evaluación
  • d) Fase de la decisión

En el procedimiento de evaluación integral y ratificación, la Junta Nacional de Justicia actúa a través de las siguientes instancias:

El Pleno de la Junta Nacional de Justicia. Constituido por los miembros del Pleno, quienes adoptan la decisión final en los procedimientos de evaluación integral y ratificación, y otros de su competencia.

La Comisión Permanente de Evaluación y Ratificación. Integrada por tres (3) miembros de la Junta Nacional de Justicia, quienes organizan, impulsan y supervisan el ejercicio de la potestad de evaluación integral y ratificación conforme a lo previsto en el presente reglamento.

Miembro ponente. Miembro del Pleno a cargo de analizar el expediente del procedimiento y otro miembro para analizar el recurso de reconsideración en las situaciones previstas en el presente reglamento. Participa en la decisión.

Abstención

Los miembros de la Junta Nacional de Justicia incursos en alguna situación de conflicto de interés establecida por ley, o cualquier otro motivo que perturbe el razonable ejercicio de su función, deberán informarlo al Pleno en cuanto sea advertido e inhibirse o abstenerse, según corresponda, de participar en la decisión o procedimiento a que haya lugar.

 

 

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Elí Joacim del Aguila Tuanama
Elí Joacim del Aguila Tuanamahttps://www.agendapais.com
Periodista, con experiencia en el manejo de medios de comunicación masivos, respaldados por 31 años consecutivos de ejercicio periodístico en Radioprogramas del Perú, RPP (donde ejerció cargos jefaturales desde 1995 hasta el 2013) y siete años como director del periódico digital Agenda País.
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