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EG2026: López Chau lidera la intención de votos en el sur del pais, seguido de Mario Vizcarra, revela encuesta DATUM

EG2026:  En Lima y Callao Rafael López Aliaga y Keiko Fujimori suman juntos un 17,8 % de intención de voto

EG2026.La encuesta Datum Internacional difundida este domingo14  revela que el exrector de la Universidad Nacional de Ingeniería, Alfonso López Chau, de Ahora Nación, alcanza la mayor votación en la zona Sur del Perú con 6,7% de intención de voto,  seguido de Mario Vizcarra, de Perú Primero,  con 6,3 por ciento

Mario Vizcarra aparece en la tercera posición con un 6.5% de intención de voto nacional, detrás de Rafael López Aliaga, de Renovación Popular  (10.5%) y Keiko Fujimori, de Fuerza Popular (7.5%).

EG2026: Rafael López Aliaga.
EG2026: Rafael López Aliaga.

Primero entre los chicos

De acuerdo a la encuesta, López Chau, con 2,9%, es el que tiene mayor votación entre los candidatos con intención de voto nacional de 2% o más.

En este grupo se ubican Yonhy Lescano (Cooperación Popular) 2,9%, César Acuña (Alianza para el Progreso) 1,9%, Ricardo Belmont (Obras)  1,6%, José Luna Vargas (Podemos Perú), 1,3%,

EG2026 Mario Vizcarra aparece en la tercera posición con un 6.5% de intención de voto nacional,
EG2026 Mario Vizcarra aparece en la tercera posición con un 6.5% de intención de voto nacional,

Primero en la encuesta pero con votación nada sólida

El candidato Rafael López Aliaga lidera la intención de voto nacional con un 10.5%. Si bien es el candidato con la mayor intención de voto en este estudio, es importante considerar el alto porcentaje de voto indefinido e indeciso en la encuesta.

Voto Indefinido y No Voto: Ninguno, blanco, viciado: 35.1%,  No sabe: 14.7%, No iría a votar: 0.7%. Total Voto Indefinido/No Voto: 50.5% (35.1% + 14.7% + 0.7%).

Un porcentaje tan alto de ciudadanos que aún no elige un candidato o votaría en blanco/viciado sugiere que el voto no es sólido para ningún postulante, y el 10.5% de López Aliaga representa una minoría del electorado total, lo que hace difícil proyectar una victoria en primera vuelta.

EG2026: López Chau encabeza la intención de voto de Datum en el sur del Perú con 6,7%, seguido de Mario Vizcarra con 6,3%
EG2026: López Chau encabeza la intención de voto de Datum en el sur del Perú con 6,7%, seguido de Mario Vizcarra con 6,3%

Ficha Técnica

Encuestadora: Datum Internacional S.A.

N° de registro: 0002-REE / JNE

Financiamiento: Empresa Editora El Comercio

Objetivo del estudio:  Conocer la intención voto presidencial de cara a las elecciones generales 2026

Grupo objetivo:  Hombres y mujeres, de 18 a 70 años, pertenecientes a todos los niveles socioeconómicos, considerando zonas urbana y rural

Ámbito: Nivel nacional

Tamaño de la población 23’620,791 electores residentes en el país (fuente RENIEC, actualizada al 17 de noviembre 2025)

Tamaño de la muestra: 1201 encuestas efectivas

Margen de error:  +/- 2.8%

Nivel de confianza: 95%

Representatividad: 100%

Técnica Encuestas presenciales en el hogar, utilizando dispositivos móviles estrato está definido por la variable “región”. Dentro de cada región se dividió de manera proporcional a la población electoral de cada departamento. Asimismo, la muestra asignada en el interior de cada departamento es distribuida proporcionalmente a los dominios: zona

(urbana y rural), sexo, edad y nivel socioeconómico.

Para la selección del entrevistado se procede con:

  • Sorteo aleatorio de mapas (UPM), lo que nos define la zona de trabajo.
  • Selección de viviendas (USM), de manera sistemática.
  • Elección del entrevistado (UTM), aleatorio en la vivienda.

Puntos de muestreo Nacional urbano y rural (Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La

Libertad, Lambayeque, Lima, Lima Provincias, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, San Martín, Tacna, Tumbes, Ucayali)

¿Sabes las diferencias entre senadores y diputados?

Fecha de campo 04 al 08 de diciembre de 2025

Publicación 14 de diciembre de 2025

Página web, email www.datum.com.pe, datum@datum.com.pe

Dirección Jr. Contralmirante Montero 429. Oficina 7A. Magdalena del Mar. Lima

Puntos de muestreo

Nacional urbano y rural (Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Lima Provincias, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, San Martín, Tacna, Tumbes, Ucayali)

Fecha de campo: 04 al 08 de diciembre de 2025

Publicación: 14 de diciembre de 2025

EG2026: López Chau encabeza la intención de voto de Datum en el sur del Perú con 6,7%, seguido de Mario Vizcarra con 6,3%
EG2026: López Chau encabeza la intención de voto de Datum en el sur del Perú con 6,7%, seguido de Mario Vizcarra con 6,3%

La encuesta se conoció hoiras despúes que por mayoría, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) resolviera declarar nulas las elecciones primarias efectuadas por Acción Popular a fin de definir a sus candidatos para las Elecciones Generales 2026, por presentar vicios sustanciales que vulneran los principios de democracia interna y el debido proceso.

 

Acción Popular quedó fuera de las Elecciones2025: Estas son las razones esgrimidas por el JNE

Acción Popular:  De acuerdo al JNE, no resulta posible convocar a nuevos comicios primarios 

Acción Popular. Por mayoría, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) resolvió declarar nulas las elecciones primarias efectuadas por Acción Popular a fin de definir a sus candidatos para las Elecciones Generales 2026, por presentar vicios sustanciales que vulneran los principios de democracia interna y el debido proceso.

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Las Razones

Las razones principales se basan en la adulteración del padrón de delegados y la consecuente ilegitimidad del proceso electoral interno, tal como fue denunciado por múltiples afiliados y candidatos.

Motivos Centrales de Nulidad 

Adulteración del Padrón de Delegados

La presidenta del Comité Nacional Electoral (CNE), Cinthya Pajuelo Chávez, utilizando las claves de acceso al Registro de Elecciones Primarias (REP) de la ONPE, sustituyó sin fundamento a 28 delegados electos por otros afiliados que no habían sido elegidos en las elecciones del 30 de noviembre de 2025.

Fraude Electoral

Los recurrentes calificaron esta sustitución como un «acto delictivo (fraude electoral)» que vició la base del proceso.

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Vulneración del Derecho a Voto

A los afiliados que sí fueron elegidos como delegados (proclamados por el CNE) no se les permitió ejercer su derecho a voto el 7 de diciembre de 2025 (fecha de elección de fórmulas y listas).

Ausentismo en Rechazo

Se evidenció que afiliados que fueron registrados de forma irregular como delegados «no acudieron a votar en rechazo a las irregularidades existentes.

Incumplimiento del CNE

El Comité Nacional Electoral (CNE) solicitó a la ONPE la nulidad y rectificación del padrón, pero la ONPE respondió que no era su competencia emitir dicho pronunciamiento, dejando sin solución interna el problema.

Puede ser una imagen de una o varias personas, personas estudiando, tabla y texto

¿Qué consecuencias tiene para Acción Popular la decisión del JNE?

Al declararse la nulidad total de las elecciones primarias, la consecuencia directa e inmediata para la organización política, implícita en la naturaleza del proceso, es la siguiente:

Exclusión de las Elecciones Generales 2026 (Implícita): Al anularse el proceso de democracia interna (primarias), el partido pierde la oportunidad legal de elegir y registrar válidamente a sus candidatos a la Presidencia y a las listas de Diputados y Senadores para las Elecciones Generales 2026, ya que el calendario electoral establece plazos preclusivos para la selección interna de candidatos.

Respuesta de Acción Popular

En un comunicado firmado por Juan Jose Abad Cabrera, Secretario General Nacional, Acción Popular rechazó la Resolución N.º 0745-2025-JNE, que declaró la nulidad total de sus elecciones primarias a nivel nacional para las Elecciones Generales 2026.

A la vez denunció extralimitación al asegurar que el Pleno del JNE se extralimitó en el petitorio de las impugnaciones, transgrediendo el principio de congruencia procesal. “Los afiliados solo solicitaron al JNE anular únicamente ciertas mesas de sufragio y proclamar los resultados con el cómputo de las mesas no impugnadas. Al declarar la nulidad de todas las elecciones a nivel nacional, el JNE actuó más allá de lo peticionado, pues su obligación es limitarse a lo peticionado y resolver con arreglo a ley”.

Aseguró que la medida los deja sin candidatos legalmente definidos para 2026, lo cual pone en grave riesgo la vigencia del partido y constituye una causal directa para la cancelación de su inscripción como organización política.

Acción Popular rechazó la Resolución N.º 0745-2025-JNE, que declaró la nulidad total de sus elecciones primarias a nivel nacional para las Elecciones Generales 2026.
Acción Popular rechazó la Resolución N.º 0745-2025-JNE, que declaró la nulidad total de sus elecciones primarias a nivel nacional para las Elecciones Generales 2026.

Reacciones

Alfredo Barnechea, militante de Acción Popular: «Quiero decirle a los miembros del JNE que no saben con quién se están enfrentando, que los vamos a perseguir en todas las instancias, vamos a averiguar todo de ellos, como lavado de activos».

xmxm

 

 

Navidad 2025: León XIV invita a evitar las compras desenfrenadas en Navidad

Navidad 2025: Las ventas navideñas pueden representar en Perú entre el 30% y 40% de las ventas totales anuales

Navidad 2025. En respuesta a la revista Piazza San Pietro está dedicado a la Navidad, el papa León XIV aborda tres temas centrales: la importancia del testimonio cristiano como camino para que los jóvenes se encuentren con Cristo, un testimonio sencillo, auténtico, madurado en la oración, en la vida comunitaria y en la conciencia de ser «continuamente amados por Dios».

Luego, el papa invita a vivir la Navidad como un tiempo de sobriedad y de caridad concreta: evitar las compras desenfrenadas, que transforman los regalos en objetos de deseo en lugar de signos de belleza y de esperanza.

Asimismo, propone un gesto capaz de devolver el sentido a la fiesta: «Invitemos a la cena de Navidad 2025 a una familia pobre o incluso solo a una persona sola». Para el Pontífice, la pobreza —material y existencial— sigue siendo «una urgencia inaplazable», como también se recordaba en su primera Exhortación apostólica Dilexi te.

Finalmente, recuerda a los jóvenes la luz del ejemplo de San John Henry Newman, proclamado Doctor de la Iglesia el sábado 1 de noviembre  durante el Jubileo del Mundo Educativo. Un maestro del diálogo y de la educación que, afirma el papa, puede ayudar a combatir «la oscuridad del nihilismo» y a construir una verdadera «civilización de paz».

El papa concluye asegurando su oración por Antonio, animándole a no desanimarse en su misión junto a los jóvenes, y dirige sus deseos de Feliz Navidad a todos los lectores de la revista Piazza San Pietro.

De esta manera León XIV responde en las páginas de la revista «Piazza San Pietro» a un psicólogo que relata su experiencia junto a jóvenes y familias en un tiempo de turbulencias, miedos, inseguridad y soledad.

Navidad 2025: el papa invita a vivir la Navidad como un tiempo de sobriedad y de caridad concreta (Foto: Vatican media).
Navidad 2025: el papa invita a vivir la Navidad como un tiempo de sobriedad y de caridad concreta (Foto: Vatican media).

La navidad comercial en Perú

Las compras navideñas son una de las épocas más cruciales para el comercio a nivel global.

Para la campaña navideña 2025, el Ministerio de la Producción (Produce) proyectó que las ventas alcanzarían los S/ 16.000 millones (aproximadamente US$ 4.210 millones).

Para dar una idea de su importancia, en el año 2024, la campaña navideña se estimaba que movió S/ 14.000 millones.

Tottus abre tienda en Av. Izaguirre (Foto: Capeco).
Tottus abre tienda en Av. Izaguirre (Foto: Capeco).

Impacto Macroeconómico

Las ventas navideña 2025 pueden representar entre el 30% y 40% de las ventas totales anuales para muchos comercios.

Este movimiento económico aporta cerca del 2.6% al PBI nacional y aproximadamente el 24.7% al PBI del sector comercio.

Gasto Promedio por Persona:

El gasto promedio de los peruanos en compras navided 2025 (regalos y celebraciones) se sitúa  generalmente entre S/ 300 y S/ 400 (aproximadamente US$ 79 a US$ 105).

Las familias pueden gastar adicionalmente en decoración navideña, con un ticket promedio de entre S/ 500 y S/ 1.000 (aproximadamente US$ 130 a US$ 260).

Bavidad 2025: El gasto promedio de los peruanos en compras navideñas (regalos y celebraciones) se sitúa generalmente entre S/ 300 y S/ 400 (aproximadamente US$ 79 a US$ 105) (Foto: Capeco).
Bavidad 2025: El gasto promedio de los peruanos en compras navideñas (regalos y celebraciones) se sitúa generalmente entre S/ 300 y S/ 400 (aproximadamente US$ 79 a US$ 105) (Foto: Capeco).

Dinero que se Mueve en Navidad a Nivel Mundial

A nivel global, la cifra de dinero que se mueve es astronómica, destacándose el comercio de artículos específicos:

Mercado Mundial de Artículos de Navidad

Solo el mercado mundial de artículos de decoración navideña (adornos, luces, árboles) se situó en US$ 8.240,9 millones en 2022.

Navidad 2025: Las grandes casas comerciales y minoristas (retail) obtienen sus mayores ganancias en esta temporada (Foto: Capeco).
Navidad 2025: Las grandes casas comerciales y minoristas (retail) obtienen sus mayores ganancias en esta temporada (Foto: Capeco).

Ganancias de las Casas Comerciales (Estimación Indirecta):

Las grandes casas comerciales y minoristas (retail) obtienen sus mayores ganancias en esta temporada. Por ejemplo, en Estados Unidos (el mayor comprador de artículos navideños), el gasto minorista (excluyendo automóviles) durante la temporada navideña a menudo se proyecta con crecimientos del 2% al 4% o más, moviendo cientos de miles de millones de dólares.

En Latinoamérica, el gasto por regalo se concentra en un rango de US$ 16 a US$ 50, y los consumidores planean mantener o ajustar su presupuesto respecto al año anterior, buscando activamente ofertas en el «superciclo» de compras que inicia en noviembre (Black Friday) y culmina la primera semana de diciembre.

¿Cuánto Ganan las Casas Comerciales?

Es difícil dar una cifra exacta de la ganancia neta (utilidad) ya que es información confidencial por empresa. Sin embargo, se puede inferir su importancia:

Época Clave: Para las empresas de retail (tiendas por departamento, centros comerciales, tiendas de juguetes, etc.), la temporada navideña puede representar entre el 25% y 40% de sus ventas anuales. Una buena campaña navideña es crucial para que muchas empresas reporten resultados positivos al finalizar el año fiscal.

Margen de Beneficio: En general, los artículos de temporada y regalos suelen tener un margen de beneficio (ganancia bruta) mayor que otros productos básicos, pero este margen se reduce por las promociones y descuentos agresivos que son comunes en esta época para atraer a los compradores.

EG2026: solo 1590 hojas de vida fueron registradas completamente por 24 organizaciones políticas

EG2026: fórmulas y listas de candidatos se podrán presentar hasta el próximo 23 de diciembre

EG2026. El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) informó que, a puertas del cierre de plazo de presentación de las solicitudes de inscripción de fórmulas y listas de candidatos, este 23 de diciembre, solo 1590 hojas de vida fueron registradas  completamente por 24 organizaciones políticas en la plataforma Declara+, de cara a las Elecciones Generales 2026 (EG 2026).

La cifra representa menos del 16 % de las más de 10 mil hojas de vida que deben completar los 36 partidos políticos y tres alianzas electorales que buscan participar del proceso eleccionario del próximo año.

En este contexto, el JNE exhortó a las agrupaciones a ingresar, de manera oportuna, la información de sus postulantes a la Presidencia, Congreso y Parlamento Andino, y evitar hacerlo al último momento.

Se trata de Alianza para el Progreso, que completó 229 hojas de vida; Libertad Popular, 214; Partido Demócrata Verde, 186; Fuerza Popular, 181; y Partido del Buen Gobierno, 165.

EG2026: fórmulas y listas de candidatos se podrán presentar hasta el próximo 23 de diciembrePuede ser una imagen de una o varias personas
EG2026: fórmulas y listas de candidatos se podrán presentar hasta el próximo 23 de diciembre

A la lista se suman Ahora Nación – AN, con 160 declaraciones juradas; Fuerza y Libertad, 74; Partido País para Todos, 64; Frente Popular Agrícola FIA del Perú, 56; Partido Patriótico del Perú, 50; y el Partido Político Nacional Perú Libre, 42.

Renovación Popular completó 32 registros; el Partido Democrático Somos Perú, 28; Partido SíCreo, 24; Podemos Perú, 22; Partido Político Perú Primero, 15; Juntos por el Perú, 11; Partido Cívico Obras, 10; y Progresemos, 8.

También figuran en la relación el Partido Aprista Peruano, con 7 hojas de vida completas; Partido Político Integridad Democrática, con 5 registros; Partido Político Cooperación Popular, 4; y, finalmente, Fe en el Perú y Acción Popular, con 2 y 1, respectivamente.

15 organizaciones políticas aún no ingresaron la información completa de ninguno de sus postulantes al sistema Declara+, según informó la Oficina General de Tecnologías de la Información del JNE.

Puede ser una imagen de una o varias personas y texto que dice "JNE JNE ባው"

Declara+

Declara+, es la plataforma habilitada por el Jurado Nacional de elecciones para que los partidos políticos comiencen a cargar información de sus probables candidatos, como hojas de vida.

Este sistema de gestión de trámites, dirigido a personeros, integra tres plataformas anteriores del JNE, a fin de que los partidos habilitados para participar en los próximos comicios registren información relevante para las Elecciones Generales 2026.

El presidente del JNE,  Roberto Burneo explicó que los documentos que se ingresen a la plataforma tendrán carácter de declaración jurada.

Además, invocó a las organizaciones políticas a evaluar, como corresponde, a los candidatos que presentarán en los comicios tras las elecciones primarias, a fin de que cumplan los requisitos exigidos por ley y evitar eventuales tachas o exclusiones a sus postulaciones.

Funcionalidades de Declara+

Declara+ permitirá realizar el registro de solicitudes de inscripción de candidaturas, declaraciones juradas de hoja de vida, planes de gobierno, registro de personeros, así como efectuar solicitudes como anexar escritos y apelaciones, presentar solicitudes a los Jurados Electorales Especiales, entre otros. Estos se pueden realizar vía online, sin necesidad de trámites presenciales.

Las ventajas de la plataforma son que centraliza todos los trámites en una sola plataforma, los procesos son más claros, simples y ágiles, permite un seguimiento transparente de cada trámite y es accesible desde dispositivos móviles.

 


La cifra representa menos del 16 % de las más de 10 mil hojas de vida que deben completar los 36 partidos políticos

 

EG2026:  Estas son las listas de candidatos ganadores en las elecciones primarias realizadas en 37 partidos

EG2026: El JNE tiene hasta el 15 de diciembre plazo para proclamar los resultados oficiales de las elecciones primarias

EG2026: Estos son los candidatos ganadores de los comicios primarios realizados en las 37 agrupaciones políticas para definir a sus candidatos a la Presidencia de la República, el Congreso y el Parlamento Andino. Vea los resultados:

La ONPE informó que estos resultados oficiales serán remitidos al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y a los respectivos Órganos Electorales Centrales (OEC), para la elaboración de las listas finales de candidatos, las cuales serán presentadas en la etapa de inscripción de candidaturas ante los Jurados Electorales Especiales en el marco de las Elecciones Generales 2026.

El JNE tiene hasta el 15 de diciembre plazo para proclamar los resultados oficiales de las elecciones primarias.

ONPE: El JNE tiene hasta el 15 de diciembre plazo para proclamar los resultados oficiales de las elecciones primarias. (Foto: ONPE).
ONPE: El JNE tiene hasta el 15 de diciembre plazo para proclamar los resultados oficiales de las elecciones primarias. (Foto: ONPE).

Partidos políticos que eligieron candidatos vía delegados:

  1. Acción Popular

– Presidente: Isaac Alfredo Barnechea García

– Vicepresidente: Armando Villanueva Mercado

– Segundo vicepresidente: Tania Janet Abad Jaime

  1. Ahora Nación – AN

– Presidente: Pablo Alfonso López Chau Nava

– Vicepresidente: Luis Alberto Villanueva Carbajal

– Segundo vicepresidente: Ruth Zenaida Buendía Mestoquiari

  1. Alianza para el Progreso

– Presidente: César Acuña Peralta

– Vicepresidente: Jessica Milagros Tumi Rivas

– Segundo vicepresidente: Alejandro Soto Reyes

  1. Avanza País – Partido de Integración Social

En el caso de Avanza País – Partido de Integración Social, la candidatura presidencial recayó en el general José Williams Zapata, luego que Phillip Butters presentara su renuncia irrevocable al partido el pasado 5 de diciembre, a pocos días de las elecciones primarias, proceso en el que iba a participar como precandidato.

  1. Partido Político Fe en el Perú

– Presidente: Álvaro Gonzalo Paz de la Barra Freigeiro

– Vicepresidenta: Yessika Roxsana Arteaga Narváez

– Segundo vicepresidenta: Shellah Belén Palacios Rodríguez

  1. Frente Popular Agrícola del Perú

– No presentó fórmula presidencial

  1. Fuerza Popular

– Presidenta: Keiko Sofía Fujimori Higuchi

– Vicepresidente: Luis Fernando Galarreta Velarde

– Segundo vicepresidente: Miguel Ángel Torres Morales

  1. Juntos por el Perú

– Presidente: Roberto Helbert Sánchez Palomino

– Vicepresidenta: Analí Márquez Huanca

– Segundo vicepresidenta: Brígida Curo Bustincio

  1. Partido Político Libertad Popular

– Presidente: Rafael Jorge Belaúnde Llosa

– Vicepresidente: Pedro Álvaro Cateriano Bellido

– Segundo vicepresidenta: Tania Ulrika Porles Bazalar

  1. Partido Ciudadanos por el Perú

– No presentó fórmula presidencial

  1. Partido Cívico Obras

– Presidente: Ricardo Pablo Belmont Cassinelli

– Vicepresidente: Daniel Hugo Barragán Coloma

– Segundo vicepresidenta: Dina Irene Hancco Hancco

  1. Partido del Buen Gobierno

– Presidente: Jorge Nieto Montesinos

– Vicepresidenta: Susana Flor de María Matute Charún

– Segundo vicepresidente: Carlos David Caballero León

  1. Partido Demócrata Unido Perú

– Presidente: Charlie Carrasco Salazar

– Vicepresidenta: María Edith Paredes Verdy

– Segundo vicepresidente: Wilbert Gabino Segovia Quin

  1. Partido Demócrata Verde

– Presidente: Alex Gonzales Castillo

– Vicepresidenta: Maritza del Carmen Rosario Milagros Sánchez Perales

– Segundo vicepresidente: Félix Medardo Murazzo Carrillo

  1. Partido Democrático Federal

– Presidente: Armando Joaquín Masse Fernández

– Vicepresidente: Virgilio Acuña Peralta

– Segundo vicepresidenta: Lydia Lourdes Díaz Pablo

  1. Partido Democrático Somos Perú

– Presidente: George Patrick Forsyth Sommer

– Vicepresidente: Johanna Gabriela Lozada Baldwin

– Segundo vicepresidenta: Herbe Olave Ugarte

  1. Partido Frente de la Esperanza 2021

– Presidente: Luis Fernando Olivera Vega

– Vicepresidenta: Elizabeth María del Rosario León Chinchay

– Segundo vicepresidente: Carlos Ricardo Cuaresma Sánchez

 

ONPE informó que los resultados oficiales serán remitidos al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y a los respectivos Órganos Electorales Centrales (OEC), para la elaboración de las listas finales de candidatos (Foto: ONPE).
ONPE informó que los resultados oficiales serán remitidos al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y a los respectivos Órganos Electorales Centrales (OEC), para la elaboración de las listas finales de candidatos (Foto: ONPE).
  1. Partido Morado

– Presidente: Mesías Antonio Guevara Amasifuen

– Vicepresidente: Heber Diómedes Cueva Escobedo

– Segundo vicepresidenta: Marisol Yolanda Liñán Solís

  1. Partido País para Todos

– Presidente: Carlos Gonzalo Álvarez Loayza

– Vicepresidenta: María Cristina Chambizea Reyes

– Segundo vicepresidente: Diego Edgar Guevara Vivanco

  1. Partido Patriótico del Perú

– Presidente: Herbert Caller Gutiérrez

– Vicepresidenta: Rossana Elena Montes Tello

– Segundo vicepresidente: Jorge Aquiles Carcovich Cortelezzi

  1. Partido Político Integridad Democrática

– Presidente: Wolfgang Mario Grozo Costa

– Vicepresidenta: Bertha Cecilia Azabache Miranda

– Segundo vicepresidente: Wellington Prada Chipayo

  1. Partido Político Nacional Perú Libre

– Presidente: Vladimir Roy Cerrón Rojas

– Vicepresidente: Flavio Cruz Mamani

– Segundo vicepresidenta: Bertha Rojas López

  1. Partido Político Perú Acción

– Presidente: Francisco Ernesto Diez-Canseco Távara

– Vicepresidente: Roberto Diego Koster Jáuregui

– Segundo vicepresidenta: Clara Amelia Quispe Torres

  1. Partido Político Perú Primero

– Presidente: Mario Enrique Vizcarra Cornejo

– Vicepresidente: Carlos Hernán Illanes Calderón

– Segundo vicepresidenta: Judith Carla Mendoza Díaz

  1. Partido Político PRIN

– Presidente: Walter Gilmer Chirinos Purizaga

– Vicepresidente: Julio Alberto Vega Ybañez

– Segundo vicepresidenta: Mayra Lizeth Vargas Gil

  1. Partido SÍCREO

– Presidente: Alfonso Carlos Espa y Garcés-Alvear

– Vicepresidente: Alejandro Agustín Santa María Silva

– Segundo vicepresidenta: Melitza Melania Yanzich Villagarcía

  1. Partido Político Perú Moderno

– Presidente: Carlos Ernesto Jaico Carranza

– Vicepresidente: Miguel Elías Almenara Huayta

– Segundo vicepresidenta: Liz Verónica Quispe Santos

  1. Podemos Perú

– Presidente: José León Luna Gálvez

– Vicepresidenta: Jaqueline Cecilia García Rodríguez

– Segundo vicepresidente: Raúl Martín Noblecilla Olaechea

  1. Primero La Gente – Comunidad, Ecología, Libertad y Progreso

– Presidenta: María Soledad Pérez Tello de Rodríguez

– Vicepresidente: Raúl Alberto Molina Martínez

– Segundo vicepresidente: Manuel Antonio Ato del Avellanal Carrera

  1. Progresemos

– Presidenta: Paul Davis Jaimes Blanco

– Vicepresidente: Mónica Margot Guillén Tuanama

– Segundo vicepresidente: Jorge Luis Caloggero Encina

  1. Salvemos al Perú

Fórmula 1 (36.364%):

– Presidenta: Antonio Ortiz Villano

– Vicepresidente: Jaime José Eduardo Freundt López

– Segundo vicepresidente: Giovanna Ángela Demurtas Moya

Fórmula 2 (36.364%):

– Presidente: Cosme Mariano González Fernández

– Vicepresidente: Wilbert Mariano Portugal Menéndez

– Segundo vicepresidenta: Katherine Giulliana Ramírez Aguirre

ONPE culminó el cómputo total de actas de partidos y alianzas rumbo a las Elecciones 2026 (Foto: ONPE).
ONPE culminó el cómputo total de actas de partidos y alianzas rumbo a las Elecciones 2026 (Foto: ONPE).
  1. Partido Político Un Camino Diferente

– Presidenta: Rosario del Pilar Fernández Bazán

– Vicepresidente: César Arturo Fernández Bazán

– Segundo vicepresidenta: Anita María Carnero Paredes de Gonza

  1. Partido Político Cooperación Popular

– Presidente: Yonhy Lescano Ancieta

– Vicepresidenta: Carmela Silene Salazar Jáuregui

– Segundo vicepresidenta: Vanessa Rubith Lazo Valles

  1. Partido de los Trabajadores y Emprendedores PTE–Perú

– Presidente: Napoleón Becerra García

– Vicepresidente: Winston Clemente Huamán Henríquez

– Segundo vicepresidenta: Nelida Juliana Cuayla Cuayla

Alianzas Electorales

  1. Unidad Nacional

– Presidente: Roberto Enrique Chiabra León

– Vicepresidente: Javier Ignacio Bedoya Denegri

– Segundo vicepresidenta: Neldy Roxana Mendoza Flores

  1. Venceremos

– Presidente: Ronald Darwin Atencio Sotomayor

– Vicepresidenta: Elena Carmen Rivera Huamán

– Segundo vicepresidente: Alberto Eugenio Quintanilla Chacón

  1. Fuerza y Libertad

– Presidenta: Fiorella Giannina Molinelli Aristondo

– Vicepresidente: Gilbert Félix Violeta López

– Segundo vicepresidenta: María Luz Pariona Oré

Japón: Movimiento telúrico de magnitud  7,6 sacudió Japón este lunes

 

Japón: No se ha informado de víctimas ni daños materiales significativos

Japón: Un terremoto de magnitud 7,6 sacudió este lunes 8 el norte de Japón, frente a la costa este de la prefectura de Aomori, con epicentro a unos 80 kilómetros al este-noreste de Hachinohe.

El temblor tuvo una profundidad poco profundo de 53 km y se sintió en una gran región. La poca profundidad del sismo hizo que se sintiera más fuerte cerca del epicentro que lo que sería un terremoto más profundo de magnitud similar.

La Agencia Meteorológica de Japón (JMA) emitió una alerta de tsunami para varias zonas costeras del noreste del archipiélago, con previsión de olas de hasta tres metros.

Las autoridades japonesas han instado urgentemente a la población de las zonas costeras a evacuar de inmediato y a no permanecer cerca del litoral.

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Víctimas y Daños (Información Preliminar)

Hasta el momento de estos reportes, NO se ha informado de víctimas ni daños materiales significativos. Sin embargo, la situación sigue en constante monitoreo.

El evento puso de nuevo en el centro de atención la constante amenaza sísmica que enfrenta Japón.

 

xmxmxmTerremoto mayor magnitud 7.6 - Prefectura de Aomori, 320 km al norte de Sendai, Prefectura de Miyagi, Japón, lunes 8 dic 2025 a las 23:15 (GMT +9)

 

Información de terremoto en Japón

 

MTC: Destituyen de la DGAC a Donald Castillo Gallegos por deficiencia en la gestión presupuestal

MTC: Castillo Gallegos ocupaba el mismo cargo, pero en otro periodo, cuando se produjo el choque de una bomba con un avión de Latam en 2022

MTC. El Gobierno, a través de una Resolución Suprema del Sector Transportes y Comunicaciones, destituyó este lunes del cargo de director de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) a Donald Hildebrando Iván Castillo Gallegos, por deficiencia en la gestión presupuestal y de proyectos de inversión de la dependencia a su cargo.

MTC: la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones con nuevas autoridades (Foto: DGAC).
MTC: la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones con nuevas autoridades (Foto: DGAC).

Cargos o motivos de deficiente gestión

Estos son los motivos por los cuales sale de la DGAC, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la resolución publicada hoy lunes.

  1. Deficiente Gestión Presupuestal y Baja Ejecución

Baja Ejecución Presupuestal General: La DGAC registra la ejecución más baja de las Direcciones de línea del Viceministerio de Transportes, con solo el 36% de los recursos asignados al 15 de noviembre de 2025.

Deficiencia en la Gestión: La baja ejecución presupuestal es catalogada como un indicador de deficiencia de gestión que impacta la política sectorial, el cumplimiento de objetivos institucionales y riesgos operativos en proyectos estratégicos.

Incumplimiento de Metas: El bajo porcentaje de ejecución refleja el incumplimiento de metas al cierre del ejercicio fiscal 2025.

  1. Desfases y Retrasos en Proyectos de Inversión

Desfase Programación vs. Ejecución: Se identificaron desfases entre la programación financiera y la ejecución real en diversos proyectos de inversión de la infraestructura aeroportuaria, lo que compromete los objetivos.

Retraso en Proyectos Estratégicos: La gestión se evidencia con retraso considerable en el desarrollo de proyectos de inversión a cargo de la DGAC.

  1. Casos Específicos de Deficiencia y Nula Ejecución

Se citan ejemplos concretos donde hubo una gestión presupuestal ineficiente:

ProyectoProblema EspecíficoIndicadorAeródromo de YurimaguasDemora no acreditada en la convocatoria del concurso público para la supervisión de la obra, lo que retrasó el inicio de la ejecución.Nula ejecución presupuestal (0%) a pesar de que el presupuesto (PIM) se incrementó de S/ 11.8 millones a más de S/ 31 millones.Aeropuerto Internacional de ChincheroDeficiente gestión tanto en la programación presupuestal como en la ejecución.Ejecución de 35.5% a pesar de que la programación presupuestal fue reducida en casi el 50% a inicios de 2025.Otros Proyectos (Juanjuí, Andahuaylas)Financiamiento o incremento de presupuesto (PIM) sin que este refleje la ejecución programada, siendo recursos que pudieron destinarse a otras inversiones.Ejecución mínima o casi nula a pesar de grandes incrementos presupuestales.

Aeródromo de Yurimaguas:  Demora no acreditada en la convocatoria del concurso público para la supervisión de la obra, lo que retrasó el inicio de la ejecución. Nula ejecución presupuestal (0%) a pesar de que el presupuesto (PIM) se incrementó de S/ 11.8 millones a más de S/ 31 millones.

Aeropuerto Internacional de Chinchero: Deficiente gestión tanto en la programación presupuestal como en la ejecución. Ejecución de 35.5% a pesar de que la programación presupuestal fue reducida en casi el 50% a inicios de 2025.

Otros Proyectos (Juanjuí, Andahuaylas): Financiamiento o incremento de presupuesto (PIM) sin que este refleje la ejecución programada, siendo recursos que pudieron destinarse a otras inversiones. Ejecución mínima o casi nula a pesar de grandes incrementos presupuestales.

MTC: La fiscalización de las actividades aeroportuarias con nuevas autoridades fiscalizadoras (Foto: Aeropuerto Jorge Chávez).
MTC: La fiscalización de las actividades aeroportuarias con nuevas autoridades fiscalizadoras (Foto: Aeropuerto Jorge Chávez).

Sin sanción

La remoción en el puesto, precisa la resolución gubernamental, no tiene carácter ni efecto sancionatorio y/o disciplinario, por lo que técnicamente no se trata de «faltas administrativas» en el sentido de un proceso disciplinario, sino de causales de deficiente gestión que motivan la conclusión de su nombramiento.

“El Informe N° 2358-2025-MTC/08 precisa que la remoción señalada no tiene carácter ni efecto sancionatorio y/o disciplinario, por lo que no constituye una destitución ni despido, ni acarrea la inhabilitación para el ejercicio de la función pública, así como tampoco genera la inscripción en el Registro Nacional de Sanciones Contra Servidores Civiles – RNSSC, siendo que la presente resolución, solo determina la conclusión del nombramiento del señor Donald Hildebrando Iván Castillo Gallegos en el cargo de Director General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones”, precisa la norma.

Conclusión

La causal de remoción se basa en la evidencia de una gestión deficiente en la Dirección General de Aeronáutica Civil, manifestada por la baja ejecución presupuestal (36% al 15 de noviembre) y los retrasos significativos en proyectos estratégicos, lo cual compromete el cumplimiento de los objetivos institucionales y la idónea conducción del órgano.

MTC: Donald Castillo sale de la DGAC por deficiencia en la gestión presupuestal y de proyectos de inversión de la dependencia a su cargo. (Foto: Aeropuerto Jorge Chávez).
MTC: Donald Castillo sale de la DGAC por deficiencia en la gestión presupuestal y de proyectos de inversión de la dependencia a su cargo. (Foto: Aeropuerto Jorge Chávez).

Antecedentes

El 6 de diciembre del año pasado este funcionario, Donald Hildebrando Iván Castillo Gallegos,  había recibido la renovación en el cargo por parte de Dina Boluarte y antes,  el 20 de marzo del 2024, el MTC a través del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (Fonafe), determinó su nombramiento  como presidente del directorio de la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial (Corpac).

Además, Donald Hildebrando Iván Castillo Gallegos, ocupaba la dirección de la DGAC cuando se produjo el fatídico accidente aéreo entre una bomba y un avión de Latam en la pista de aterrizaje del aeropuerto Jorge Chávez, el 18 de noviembre de 2022.

Tuvo un papel institucional y regulatorio, debido a que la DGAC es la entidad encargada de fiscalizar el cumplimiento de las normas de aviación civil y la seguridad operacional en el país.

Su nombre surgió en el contexto del accidente por lo siguiente:

Coordinación y Control: Tras el incidente, él confirmó públicamente que los ejercicios de simulacro de los bomberos (como el que realizaba la autobomba) suelen ser programados y controlados con una coordinación estrecha entre el personal involucrado.

Investigación y Responsabilidad: En su calidad de Director de la DGAC, brindó declaraciones sobre el suceso, señalando que la responsabilidad principal recaía en los operadores de tráfico aéreo que se encontraban en la torre de control.

Exención de Protocolo: Se reveló que, como parte de la DGAC, él había estado involucrado en la respuesta a un pedido de la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial (CORPAC), concediendo una exención para que los controladores aéreos trabajaran sin el protocolo completo para prevenir la fatiga (aunque esta exención se concedió cerca de un año antes del accidente y luego se renovó, siendo un factor investigado posteriormente en relación con las condiciones laborales y la cadena de mando).

Nueva directora

En una Resolución Suprema aparece publicada la designación de la señora Paola Mariella Marín Ugarte  en el cargo de Directora General de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Ocupó, anteriormente el cargo de Directora de la Dirección de Promoción del Turismo de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ.

MTC: Paola Mariella Marín Ugarte, Directora General de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
MTC: Paola Mariella Marín Ugarte, Directora General de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

Conforme al numeral 8.3 del artículo 8 de Ley General de Aeronáutica Civil del Perú, la Dirección General de Aeronáutica Civil está a cargo de un Director General designado mediante Resolución Suprema por un periodo de 4 (cuatro) años, renovable por idénticos periodos.

Delia Espinoza formalmente quedó desde hoy viernes fuera del ejercicio de la función pública

Delia Espinoza: la inhabilitación aprobada en su contra luego de una reconsideración aparece publicada en las normas legales

Delia Espinoza. Aparece hoy publicada en el diario el Peruano la Resolución Legislativa que inhabilita por 10 años para el ejercicio de la función pública, a la suspendida fiscal Delia Milagros Espinoza Valenzuela bajo acusación de “infracción de los artículos 38, 103, 109, 159 (numerales 1 y 4) y 166 de la Constitución Política del Perú”.

La acusación

Ésta está basada en presuntas presuntas infracciones constitucionales y delitos (usurpación de función pública, abuso de autoridad, prevaricato y falsedad genérica), relacionados con la emisión de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N.° 2246-2024-MP.  Según sus acusadores, esta resolución contravino la Ley 32130, que fortalecía la función investigadora de la Policía Nacional del Perú (PNP) en la etapa preliminar.

La defensa, ejercida por el abogado Samuel Abad y por la propia fiscal Delia Espinoza, se centró en los siguientes argumentos:

  1. Discrepancia Interpretativa, No Infracción

El argumento central de la defensa legal fue que no se puede sancionar con destitución a un alto funcionario por tener una «discrepancia interpretativa» sobre la aplicación de la ley.

Sostuvieron que la resolución se emitió en el marco de las competencias constitucionales del Ministerio Público para dirigir la investigación del delito, y no buscaba infringir la ley, sino ordenar la actividad fiscal.

Delia Espinoza: no se puede sancionar con destitución a un alto funcionario por tener una "discrepancia interpretativa" sobre la aplicación de la ley (Foto: Congreso de la República).
Delia Espinoza: no se puede sancionar con destitución a un alto funcionario por tener una «discrepancia interpretativa» sobre la aplicación de la ley (Foto: Congreso de la República).
  1. Venganza y Motivación Política

Delia Espinoza y su defensa afirmaron que el proceso en su contra tenía un trasfondo puramente político y era una «venganza política».

Señalaron que la inhabilitación era un intento de frenar o neutralizar las investigaciones que ella impulsaba o podía impulsar desde el Ministerio Público, particularmente contra congresistas.

El abogado Abad afirmó que 15 de los 16 parlamentarios que aprobaron el informe de inhabilitación en la Comisión Permanente tendrían carpetas fiscales, lo que sugería un conflicto de interés directo en apartar a la fiscal.

  1. Ilegalidad en el Procedimiento

El bloque congresal que votó en contra de la medida, cuestionó la celeridad con la que se realizó la segunda votación (la de la aprobación), sugiriendo que el proceso fue apresurado para alcanzar el resultado deseado. La inhabilitación fue rechazada cerca del mediodía y se aprobó por la noche, tras un proceso de reconsideración.

Rechazo Inicial (Mediodía): Alrededor de las 12:30 horas, el Pleno realizó la primera votación para inhabilitar a la fiscal Delia Espinoza por 10 años. La moción fue rechazada porque solo se obtuvieron 61 votos a favor, siendo insuficientes para alcanzar el mínimo de 68 votos requeridos.

Aprobación Final (Noche): Luego de que el informe fuera rechazado, se presentó y aprobó una moción de reconsideración de la votación. Tras el nuevo debate y votación, alrededor de las 19:33 horas, el Pleno aprobó la inhabilitación con 71 votos a favor, 19 en contra y 3 abstenciones.

Delia Espinoza recibe abrazos de apoyo de congresistas solidarios con su causa(Foto:   (Foto: Congreso de la República).
Delia Espinoza recibe abrazos de apoyo de congresistas solidarios con su causa(Foto: (Foto: Congreso de la República).

La misma fiscal calificó a algunos parlamentarios como «verdugos» que actuaban sin «dar la cara», vinculando la decisión con un intento de limpiar sus imágenes de cara a futuras elecciones.

Calificó abiertamente el proceso como una «venganza política» por parte de congresistas que no querían ser investigados. Advirtió que su inhabilitación  estaría «quebrando la Constitución» y entrando en una «dictadura».

Sostuvo que su actuación ha sido responsable y con «apego a la ley». Mencionó que estaba defendiendo un «justo derecho y sobre todo la legalidad».

Hizo hincapié en que se le estaba sancionando por «hechos inventados» y por una «discrepancia interpretativa» de una ley (la Ley 32130), lo cual no constituye una infracción constitucional ni un delito.

Declaró tener la «conciencia tranquila» de haber trabajado con objetividad y honestidad, y afirmó que no tiene ninguna denuncia por corrupción en su historial, a pesar de los constantes «ataques, insultos y ofensas de muchos investigados».

Delia Espinoza advirtió a los congresistas que podrían ser denunciados o enfrentar sanciones legales por su voto, especialmente si este se daba con la finalidad de evitar ser investigados.

Adelantó que presentará una acción de amparo en el Poder Judicial para intentar frenar los efectos de la inhabilitación y que pedirá una indemnización de un millón de soles para destinarlo al Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas.

Delia Espinoza advirtió a los congresistas que podrían ser denunciados o enfrentar sanciones legales por su voto
Delia Espinoza advirtió a los congresistas que podrían ser denunciados o enfrentar sanciones legales por su voto

 

El trámite de la acusación

La acusación inicialmente fue presentada el 24 de octubre de 2024 contra cuatro fiscales supremos, Juan Carlos Villena Campana en su condición de fiscal de la nación, Pablo Wilfredo Sánchez Velarde, Zoraida Ávalos Rivera y sólo ella fue sancionada.

Los autores del pedido (Denuncia Constitucional 528) fueron los congresistas Fernando Miguel Rospigliosi Capurro, José Ernesto Cueto Aservi y Alfredo Azurín Loayza. El 08 de abril de 2025, la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, aprobó el Informe de Calificación de la Denuncia Constitucional 528, admitiendo a trámite la imputación a los denunciados por los delitos de abuso de autoridad, prevaricato, falsedad genérica y como posibles instigadores del delito de usurpación de funciones, delitos tipificados en los artículos 376, 418, 438 y 361 del Código Penal, respectivamente, y por infracción constitucional de los artículos 38, 103, 109, 159 (numerales 1 y 4) y 166.

En la sesión del último miércoles La votación a favor de la inhabilitación por 10 años fue impulsada por un bloque amplio, a menudo denominado el «fujicerronismo» y sus aliados, que incluye a facciones de la izquierda.

Vaticano: Informe publicado por voluntad de León XIV  excluye a las mujeres del diaconato

Vaticano: el documento sin embargo no es una opinión definitiva

Vaticano. Todavía es una aspiración la ordenación diaconal de las mujeres como un grado del Sacramento del Orden. Por el momento ha sido excluida y ahora la discusión se centra en instituir y reconocer formalmente ministerios laicales que las mujeres ya ejercen o podrían ejercer con mayor autoridad y estabilidad.

Esta semana, según información del órgano oficial Vatican News, se ha publicado el informe redactado por el cardenal Giuseppe Petrocchi: se excluye la posibilidad de proceder en la dirección de la admisión de mujeres al diaconado entendido como grado del sacramento del orden, aunque por el momento no es posible «formular un juicio definitivo, como en el caso de la ordenación sacerdotal». Sí a la institución de nuevos ministerios para favorecer la sinergia entre hombres y mujeres.

«El status quaestionis en torno a la investigación histórica y la investigación teológica, consideradas en sus recíprocas implicaciones, excluye la posibilidad de proceder en la dirección de la admisión de las mujeres al diaconado entendido como grado del sacramento del orden. A la luz de la Sagrada Escritura, de la Tradición y del Magisterio eclesiástico, esta valoración es sólida, aunque no permite formular hoy un juicio definitivo, como en el caso de la ordenación sacerdotal».

Este es parte de las conclusiones de la segunda comisión presidida por el cardenal arzobispo emérito de L’Aquila, Giuseppe Petrocchi, que por mandato del Papa Francisco había examinado la posibilidad de proceder a la ordenación de mujeres diaconisas y que concluyó sus trabajos el pasado mes de febrero.  El informe de siete páginas que el cardenal envió a León XIV el pasado 18 de setiembre, ahora se hace público por voluntad del Papa.

Vaticano: Informe publicado por voluntad de León XIV  excluye a las mujeres del diaconato (Foto: Arzobispado de Lima).
Vaticano: Informe publicado por voluntad de León XIV  excluye a las mujeres del diaconato (Foto: Arzobispado de Lima).

El trabajo

En su primera sesión de trabajo (2021), la comisión llegó a la conclusión de que «la Iglesia ha reconocido en diferentes épocas, lugares y formas el título de diácono/diaconisa referido a las mujeres, atribuyéndole sin embargo un significado no unívoco». En 2021, por unanimidad, el debate teológico llevó a afirmar que «el estudio sistemático del diaconado, en el marco de la teología del sacramento del orden, plantea interrogantes sobre la compatibilidad de la ordenación diaconal de las mujeres con la doctrina católica del ministerio ordenado». También por unanimidad, la comisión se pronunció a favor de la institución de nuevos ministerios que «podrían contribuir a la sinergia entre hombres y mujeres».

En la segunda sesión de trabajo (julio de 2022), la comisión aprobó (con 7 votos a favor y uno en contra) la formulación que figura íntegramente al principio de este artículo, que excluye la posibilidad de proceder a la admisión de las mujeres al diaconado como grado del sacramento del orden, pero sin formular hoy «un juicio definitivo».

Por último, en la última sesión de trabajo (febrero de 2025), después de que, siguiendo las indicaciones del Sínodo, se permitiera a todo el que lo deseara enviar su contribución, la comisión examinó todo el material recibido. «Aunque las intervenciones recibidas fueron numerosas, las personas o grupos que enviaron sus trabajos fueron solo veintidós y representaban a pocos países. Por consiguiente, aunque el material es abundante y, en algunos casos, hábilmente argumentado, no puede considerarse como la voz del Sínodo y mucho menos del pueblo de Dios en su conjunto».

El informe resume los pros y los contras. Los favorables sostienen que la tradición católica y ortodoxa de reservar la ordenación diaconal (pero también la presbiteral y episcopal) solo a los hombres parece contradecir «la condición de igualdad entre el hombre y la mujer como imagen de Dios», «la igual dignidad de ambos géneros, basada en este dato bíblico»; la declaración de fe de que: «ya no hay judío ni griego, ni esclavo ni libre, ni hombre ni mujer, porque todos vosotros sois uno en Cristo Jesús» (Gálatas 3,28); el desarrollo social «que prevé la paridad de acceso, para ambos géneros, a todas las funciones institucionales y operativas».

En el lado opuesto se ha planteado esta tesis: «La masculinidad de Cristo, y por tanto la masculinidad de quienes reciben la ordenación, no es accidental, sino que forma parte integrante de la identidad sacramental, preservando el orden divino de la salvación en Cristo. Alterar esta realidad no sería un simple ajuste del ministerio, sino una ruptura del significado nupcial de la salvación». Este párrafo se sometió a votación y obtuvo 5 votos a favor para confirmarlo con esta formulación, mientras que los otros 5 miembros votaron a favor de su eliminación.

Vaticano. Todavía es una aspiración la ordenación diaconal de las mujeres como un grado del Sacramento del Orden. (Foto: Arzobispado de Lima).
Vaticano. Todavía es una aspiración la ordenación diaconal de las mujeres como un grado del Sacramento del Orden. (Foto: Arzobispado de Lima).

Con 9 votos a favor y uno en contra, se expresó el deseo de que se amplíe «el acceso de las mujeres a los ministerios instituidos para el servicio de la comunidad (…), asegurando así también un adecuado reconocimiento eclesial a la diaconía de los bautizados, en particular de las mujeres. Este reconocimiento será un signo profético, especialmente allí donde las mujeres siguen sufriendo situaciones de discriminación de género».

En sus conclusiones, el cardenal Petrocchi subraya que existe «una intensa dialéctica» entre dos orientaciones teológicas. La primera afirma que la ordenación del diácono es para el ministerio y no para el sacerdocio: «este factor abriría el camino hacia la ordenación de diaconisas». La segunda, en cambio, insiste «en la unidad del sacramento del orden sagrado, junto con el significado esponsal de los tres grados que lo constituyen, y rechaza la hipótesis del diaconado femenino.

Esta última posición señala además  que si se aprobara la admisión de las mujeres al primer grado del orden, resultaría inexplicable su exclusión de los demás». Por ello, según el cardenal, es indispensable, para continuar con el estudio, «un riguroso y amplio examen crítico realizado sobre el diaconado en sí mismo, es decir, sobre su identidad sacramental y su misión eclesial, aclarando algunos aspectos estructurales y pastorales que actualmente no están enteramente definidos».

De hecho, hay enteros continentes en los que el ministerio diaconal es «casi inexistente» y otros en los que opera con actividades que a menudo «coinciden con las funciones propias de los ministerios laicales o de los ministrantes en la liturgia».

Vaticano: Informe del cardenal Giuseppe Petrocchi publicado por voluntad de León XIV  excluye a las mujeres del diaconato
Vaticano: Informe del cardenal Giuseppe Petrocchi publicado por voluntad de León XIV  excluye a las mujeres del diaconato

Nuevos Ministerios Laicales para Mujeres

Estos son los ministerios laicales que las mujeres ya ejercen o podrían ejercer con mayor autoridad y estabilidad.

El extinto Papa Francisco ha tomado pasos concretos en esta dirección:

  1. Apertura a Ministerios Laicales Formales

En enero de 2021, el Papa Francisco emitió el motu proprio Spiritus Domini, que reformó el canon 230 §1 del Código de Derecho Canónico. Esta reforma es fundamental:

Acceso a Acolitado y Lectorado: Por primera vez, se permite explícitamente que las mujeres puedan ser instituidas formalmente como Lectoras (ministerio de la Palabra) y Acolitas (ministerio del Altar).

Significado: Antes de esta reforma, estos ministerios estaban reservados formalmente a los hombres como pasos preliminares hacia la ordenación. Ahora, son oficialmente ministerios laicales abiertos a ambos sexos, lo que les confiere estabilidad e institucionalización dentro de la Iglesia.

  1. El Ministerio de Catequista

Posteriormente, en mayo de 2021, el Papa instituyó el Ministerio Laical de Catequista mediante el motu proprio Antiquum Ministerium.

Reconocimiento Formal: Este ministerio reconoce la labor de las mujeres que, de hecho, han sido pilares de la catequesis en todo el mundo durante siglos.

Rol Específico: Implica una vocación de servicio permanente a la Iglesia local en la transmisión de la fe, la preparación para los sacramentos y la formación. Es un ministerio abierto a hombres y mujeres.

  1. Sinodalidad y Participación en el Gobierno

Más allá de los ministerios litúrgicos, el Papa Francisco ha impulsado una mayor participación de las mujeres en roles de responsabilidad y gobierno dentro de la Curia Romana y otras estructuras eclesiales:

Curia Romana: Se han nombrado mujeres para cargos de alto nivel, incluyendo la Subsecretaría del Sínodo de los Obispos (Nathalie Becquart, que tiene derecho a voto en el Sínodo) y la Secretaría del Dicasterio para los Institutos de Vida Consagrada.

Voto en el Sínodo: En la Asamblea Sinodal de 2023, mujeres no obispos (religiosas y laicas) por primera vez tuvieron derecho a voto, un cambio histórico en la toma de decisiones.

En resumen, la estrategia actual se enfoca en formalizar y expandir ministerios laicales estables y aumentar la participación de las mujeres en los espacios de liderazgo y decisión de la Iglesia, dejando en suspenso el tema del diaconado sacramental.

El Papel del Diácono Varón Hoy

Su función principal, según el Concilio Vaticano II, no es la de presidir la Eucaristía, sino el servicio en tres áreas:

Área Función Ejemplos Sacrmentales y Litúrgicos
Liturgia Asistencia al sacerdote o al obispo. * Administrar solemnemente el Bautismo.
* Presidir la celebración del Matrimonio (con delegación del obispo o párroco).
* Ser el ministro ordinario de la Comunión y llevar el Viático a los enfermos.
* Presidir la Liturgia de la Palabra y las Exequias.
Palabra Proclamación del Evangelio y predicación. * Proclamar el Evangelio en la Misa y predicar la homilía.
Caridad Servicio a los necesitados y gestión de la caridad. * Liderar obras de caridad y asistencia social.

Si las mujeres fueran ordenadas diáconos como parte del Sacramento del Orden, su función en estas tres áreas sería, en principio, idéntica a la de los varones.

 

 

OEA: Estas son las exposiciones textuales ante el Consejo Permanente del canciller peruano y de la representante de México

OEA: propuesta peruana será considerada por el Consejo Permanente en una próxima sesión luego del cumplimiento de requisitos previos

 

Discurso del canciller de Peru, embajador Hugo de Zela

Ministro, bienvenido nuevamente al Consejo Permanente de la OEA. Tiene usted el uso de la palabra hasta por 15 minutos. Adelante.

Bien, buenos días con todos, señor Presidente del Consejo Permanente, señoras y señores representantes permanentes de los Estados miembros de la organización

Señoras y señores representantes de los observadores permanentes, señora secretaria general adjunta, señoras y señores.

Para mí es muy grato volver a esta casa en la que he pasado muchos años de mi vida en el tratamiento de diversos temas de gran importancia para la región, pero hoy me trae un tema particular para proponerles una conversación a ustedes y, en primer lugar, quiero agradecer su apoyo para la realización de esta reunión, en la cual mi país presentará un tema de especial preocupación, preocupación que consideramos de alcance regional, para lo cual voy a hacer algunas consideraciones importantes para situar mi intervención en su debido contexto.

Empiezo por decir que creo que todos estaremos de acuerdo en que esta no es una de las mejores etapas para nuestra región. Creo que debemos ser francos en reconocer que las divergencias ideológicas nos separan porque no hemos sido capaces de hacer prevalecer lo mucho que nos une. Es pues una etapa en la cual el multilateralismo se encuentra debilitado y no está siendo suficientemente ágil para llevar adelante la agenda común que tenemos en nuestra región.

Hoy enfrentamos amenazas que atentan gravemente contra nuestro modo de vida y que nos debilitan como región. Me refiero, entre otras, al crimen organizado transnacional, incluyendo al tráfico ilícito de drogas, al tráfico y trata de personas, al de armas de fuego, así como a la corrupción y al cambio climático, por citar solamente algunos ejemplos. Ello nos pone frente a la necesidad de encontrar soluciones prácticas y satisfactorias a los problemas que nos encuentran hoy divididos. Estos desafíos numerosos y compartidos con causas y alcances, en muchos casos globales, requieren nuestra unidad para enfrentarlos, pero esta se ha visto socavada por diferencias ideológicas. Como región hemos perdido capacidad de diálogo y con ello la institucionalidad requerida para luchar articuladamente.

En este contexto hemos decidido traer a la atención de nuestra organización una preocupación que entendemos compartida sobre el presente y futuro del asilo diplomático en nuestra región, así como una propuesta orientada a revertir su evolución negativa en la práctica internacional. Lo hacemos recordando que el Perú es un país democrático comprometido con el Estado de Derecho, el principio de solución pacífica de las controversias y el pleno respeto por los tratados internacionales. Al mismo tiempo, seguimos activos para cooperar con el desarrollo progresivo del derecho internacional y su codificación, así como con la revitalización del multilateralismo para atender con eficacia los desafíos y realidades de un mundo fragmentado en la acelerada transformación.

El asilo diplomático es una institución jurídica surgida en nuestra región, que se ha convertido en uno de nuestros más importantes aportes al derecho internacional y que ha servido para defender y promover los derechos civiles y políticos que constituyen un pilar de nuestras democracias.

No es casual que su codificación a través de la Convención de Caracas, adoptada en 1954, se haya dado en el contexto de la Guerra Fría, en el que en América Latina proliferaron los autoritarismos y las persecuciones políticas. El Perú no ha sido ajeno a estas circunstancias. A propósito de ello, cabe traer a colación el caso Haya de la Torre y específicamente la invocación de la Corte Internacional de Justicia a las partes para encontrar, “una solución práctica y satisfactoria, guiados por las consideraciones de cortesía y buena vecindad que en cuestiones de asilo prevalecieron siempre entre las repúblicas latinoamericanas”.

Queremos volver a aplicar esa invocación para encontrar soluciones prácticas y satisfactorias a los problemas que nos encuentran hoy divididos. La democracia peruana, como la de todos los países aquí representados no es inmune a estos desafíos.

En los últimos años hemos pasado por una serie de crisis políticas precipitadas en varios casos por actos de corrupción. Varios de nuestros expresidentes y políticos de todo el espectro han debido rendir cuentas ante la justicia. Nuestro ordenamiento constitucional, no obstante, se ha mostrado resiliente, prevaleciendo la separación de poderes y las garantías para la administración de justicia conforme al calendario electoral el próximo año celebraremos en el Perú elecciones libres y justas y esperamos contar con la observación electoral de la OEA y de otros observadores invitados.

Quiero ser muy claro en afirmar que aquí no estamos planteando un caso específico de asilo diplomático como el de estos últimos días, que involucra a la expresidenta del Consejo de Ministros, señora Betsy Chávez, en el Perú, ni tampoco otros ocurridos recientemente en nuestra región. Sin embargo, sí queremos resaltar que estos casos recientes reafirman que se ha producido una evolución negativa en la utilización del derecho de asilo consagrado en la Convención de Caracas en 1954, evolución cuya característica central es que se utiliza la Convención para otorgar asilo a quienes no sufren persecución política en Estados democráticos. Y esta tendencia, hemos observado, se apoya en reiteradas ocasiones en información distorsionada por sesgos ideológicos que socavan nuestra institucionalidad y nuestra buena vecindad y que no se condicen con el espíritu de la Convención.

Reconozco claramente que como en la región, en el Perú la justicia no es perfecta. De hecho, se ve desbordada, entre otras amenazas, por el crimen organizado transnacional. No obstante, en líneas generales, en mi país prevalecen las garantías del debido proceso y la pluralidad de instancias, incluyendo la supranacional del sistema interamericano de derechos humanos, y prevalece sobre todo el principio de no impunidad. Por eso para nosotros y estoy seguro de que para todos ustedes es esencial no desvirtuar la institución del asilo diplomático y evitar que se convierta en función a criterios ideológicos en un instrumento para eludir la justicia, Las circunstancias prevalecientes. en la. época en que se adoptó la Convención de 1954, un continente plagado de gobiernos autoritarios en el marco de la Guerra Fría, no constituye la realidad que hoy en día enfrentamos.

No se ayuda a una democracia ni al Estado de Derecho, sustrayendo de su sistema de justicia a sus políticos y a sus familiares cuando estos son procesados por delitos comunes. Por el contrario, el gobierno del estado asilante se expone a ser percibido como un protector de personas que, por lo menos presuntamente, han violado las leyes comunes de su país de origen. Con ello se erosiona la confianza de nuestros ciudadanos en el funcionamiento de sus instituciones, así como la que debe prevalecer entre nuestros países. Además, El asilo crea obligaciones que pueden trascender al gobierno que lo concede, afectando potencialmente los derechos de la persona asilada si la decisión carece de un proceso objetivo y estable.

Lo que proponemos, por tanto, es afrontar juntos estos desafíos y proponemos hacerlo conviniendo que cuando se evalúen los pedidos de asilo diplomático en el marco de la Convención de Caracas y otros instrumentos, como los que nos vinculan en materia de lucha contra la corrupción, la naturaleza de los delitos se analice de manera oportuna y objetiva con la información proporcionada por el Estado territorial, así como por otras fuentes confiables. antes de decidir si es procedente conceder el asilo solicitado. Ello exige que la aplicación del artículo 9 de la Convención deje de depender exclusivamente de un criterio subjetivo y se base en procedimientos institucionales que aseguren objetividad, trazabilidad y responsabilidad del Estado.

Nuestra propuesta es consistente con los criterios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en su opinión consultiva 25 del 30 de mayo de 2018, en lo referente a que el asilo no debe concederse a personas que hayan sido condenadas o sobre las que existan serios indicios de haber cometido delitos graves, como los contemplados en instrumentos internacionales y regionales sobre terrorismo y corrupción.

En el caso peruano, debemos ser además consecuentes con nuestra ley de asilo, promulgada en 2002, cuyo artículo sexto prescribe que no podrá otorgarse asilo a la persona que se encuentre inculpada, procesada o condenada ante tribunales judiciales ordinarios, competentes por delitos comunes o que haya cometido delitos contra la paz, terrorismo, crímenes de guerra o delitos de lesa humanidad definidos en instrumentos internacionales.

Una importante consideración que hemos tenido en cuenta para plantear la propuesta es que en los hechos, una vez concedido el asilo, se compromete el acceso a la justicia. Las posibilidades de cooperación judicial internacional para llevar con éxito un proceso de extradición contemplado como posibilidad ulterior por el artículo 17 de la Convención de Caracas, se presentan remotas en el contexto de una relación bilateral debilitada por la concesión unilateral del asilo, particularmente cuando ha sido motivada por consideraciones ideológicas.

Recordemos también que el derecho internacional no ampara la impunidad. Al plantearse un pedido de extradición por un crimen grave para el Estado requerido, rige el principio aut dedere aut judicare o extraditas o juzgas. Por eso, normalmente un pedido de extradición va acompañado de un informe técnico jurídico, detallando la gravedad del delito imputado, su carácter común y su doble incriminación, así como las garantías de debido proceso y los indicios suficientes que sustentan la verosimilitud de la causa.

Una de nuestras principales preocupaciones al plantear este tema al Consejo Permanente es cuidar la valiosa institución jurídica del asilo para fortalecerla mediante su uso conforme a la manera en que originalmente se diseñó, es decir. para proteger a perseguidos políticos.

Por ello, pensamos que es indispensable convenir un procedimiento previo de carácter obligatorio que precise y transparente los términos en los que se debe cumplir con el artículo 9 de la Convención de Caracas, estableciendo lineamientos que permitan una evaluación objetiva y oportuna basada en la información verificable del estado territorial y que reduzcan la discrecionalidad individual en su aplicación, debo informar finalmente que hemos hablado con los colegas cancilleres de varios países que comparten nuestra preocupación. En el curso de esas conversaciones se nos ha sugerido la posibilidad de solicitar una opinión al Comité Jurídico Interamericano.

Naturalmente, estamos abiertos a oír esta y otras recomendaciones e ideas y tener una discusión al respecto, orientada a defender y fortalecer el multilateralismo y los tratados que nos vinculan, porque estamos convencidos que de ese proceso saldremos fortalecidos. Están circulando en este momento una documentación donde formulamos tres preguntas al Comité Jurídico Interamericano. Están ahí  las 3 preguntas que deseamos formular al Comité Jurídico Interamericano para la consideración de este Consejo Permanente. (Vea el texto completo del discurso del canciller peruano).

Discurso de la Representante de México, embajadora Luz Baños

Distinguidas delegaciones, la figura del asilo diplomático constituye uno de los pilares más importantes para la protección de la dignidad humana en el sistema interamericano. Históricamente, nuestra región en general y México en particular, hemos estado siempre a la vanguardia en el ejercicio de este derecho que está arraigado en nuestra profunda vocación. humanista. No obstante, en el contexto de esta reunión es necesario subrayar que no estamos en el espacio competente para evaluar la aplicación de la Convención sobre Asilo Diplomático de 1954, conocida como la Convención de Caracas, mucho menos con miras a revisar, reinterpretarla o proponer modificaciones.

Cabe preguntarnos si esta sesión extraordinaria atiende a un genuino esfuerzo jurídico sobre un asunto hemisférico o si obedece a un intento de dirimir un caso concreto objeto de controversia entre 2 Estados miembros de la organización. Al respecto, México destaca 3 puntos fundamentales. En primer lugar, resulta indispensable subrayar un principio elemental del derecho de los tratados. No se puede revisar, reinterpretar ni modificar un instrumento internacional sin la presencia y el consentimiento de todos los estados parte de dicho instrumento, como tampoco lo pueden hacer los estados que no son parte de éste.

La composición misma de este foro confirma la improcedencia jurídica de plantear aquí cualquier intento de ajuste normativo a la Convención de Caracas. Sólo una fracción de los estados hoy presentes son partes del tratado, varios no lo son y hay un estado parte (Venezuela) que no está sentado en esta mesa porque no participa en la organización. Es decir, mientras que en este espacio le da voz a quienes son ajenos al tratado, impide que sí tienen este derecho se pronuncien al respecto.

El Consejo Permanente es sin duda un foro político con proyección jurídica sin  embargo, no puede asumir la función de órgano revisor de un tratado internacional y menos aún de un instrumento cuyo propio contenido no le atribuye tal facultad y cuya membresía no coincide con la desorganización. Además, teniendo en cuenta que la Convención de Caracas es omisa sobre un posible procedimiento de enmiendas, dicho eso, en todo caso, debiera realizarse conforme a lo dispuesto por la Convención de Viena sobre el derecho de los tratados. Cualquier acción en concreto, en contrario, atentaría contra el derecho de los tratados, la Convención de Caracas y la certeza jurídica interamericana.

Por ello, simple y sencillamente es inviable en términos jurídicos pretender iniciar aquí un proceso de ajuste o revisión de un tratado que sigue plenamente vigente y cuyo contenido resulta igual de aplicable y relevante que cuando se negoció, como lo confirma la práctica regional. Esto resulta igualmente aplicable a otros órganos políticos de la OEA, como la reunión de consultas de ministros de Relaciones Exteriores o la propia Asamblea General. Sería improcedente solicitar que el Comité Jurídico Interamericano u otros órganos técnicos inicien un estudio derivado de una situación entre 2 estados miembros, lo cual implicaría desnaturalizar su carácter técnico jurídico y trasladarlo a un terreno a todas luces político. Ello no sólo compromete la objetividad del Comité, sino que lo expone a ser utilizado como instrumento para ventilar situaciones ajenas a toda la membresía, excediendo su mandato especializado.

Insistimos en que intentar modificar o inclusive discutir la posibilidad de modificar la Convención sin siquiera contar con la totalidad de sus Estados parte, resulta contrario al espíritu del propio instrumento y a los principios elementales del derecho de los tratados.

Como segundo punto México hace notar que fue solo después de haber otorgado el asilo y solicitado el salvoconducto habiendo actuado en estricto apego al derecho internacional y a su orden constitucional que se solicitó la convocatoria a una sesión extraordinaria para revisar reglas que son claras precisas y vigentes desde hace décadas esto además de demostrar que no había motivo para una iniciativa de esta naturaleza es contrario al principio jurídico de irretroactividad de la ley.

Lo anterior tiene una lectura evidente si el otorgamiento del asilo motiva el intento de revisar, modificar o reinterpretar la convención es precisamente porque México actuó conforme a la normativa interamericana vigente, no sólo en su letra, sino también en su espíritu y en su práctica, tanto así que quienes opinan lo contrario desean modificar el régimen jurídico aplicable y vigente.

El momento en que se plantea esta revisión no puede pasar inadvertido. Si existiera una convicción regional generalizada sobre la necesidad de reinterpretar la Convención, esa discusión se habría impulsado antes a través de canales viables, conforme a las reglas del derecho de los tratados y no como respuesta a un caso particular. El derecho internacional no puede revisarse ni ajustarse cada vez que un Estado no está de acuerdo con su aplicación. En un caso específico, ello pondría en duda una premisa fundamental del Estado de Derecho en el plano internacional, que es la certeza jurídica. La vigencia del derecho no puede invocarse cuando las circunstancias son favorables y cuestionarse cuando son adversas. Estas discusiones políticas tienen el riesgo de desvirtuar la naturaleza humanitaria de la figura del asilo, entorpeciendo el objetivo de protección inmediata que exige la propia Convención.

La dignidad humana jamás debe someterse a un proceso de verificación política. La figura del asilo no responde a la relación bilateral entre un Estado territorial y un Estado asilante como lo expresó la delegación de Argentina en la sesión extraordinaria de este Consejo Permanente, celebrada el 11 de diciembre de 2024. Se trata de un compromiso colectivo del sistema interamericano con la dignidad humana y los derechos fundamentales. La comunidad internacional se ha sumado a esta sólida práctica regional, como lo reconoció la Asamblea General de Naciones Unidas en 1967. El otorgamiento del asilo político nunca será considerado un acto inamistoso entre naciones. México deja además constancia de que una de las obligaciones que prevé la Convención de Caracas, como lo es la emisión del salvoconducto. Tras haberse otorgado asilo diplomático a una persona, sigue pendiente de cumplimiento. Como tercer punto, México reitera con firmeza y convicción que las normas internacionales en materia de asilo no son simples formalidades. Su incumplimiento es una infracción jurídica que podría derivar en violaciones graves a los derechos humanos. Es precisamente por eso que la defensa de la dignidad humana es una responsabilidad compartida por toda la comunidad internacional. Cumplir con derecho internacional es cumplir con nuestros compromisos éticos, políticos y jurídicos como estados, velando siempre por el bienestar de las personas.

Es también nuestra responsabilidad velar por el respeto, la inviolabilidad de los locales diplomáticos. Si nuestra región permite que normas tan básicas que rigen las relaciones internacionales se vuelvan optativas o que se cumplan de manera selectiva, debilitamos la arquitectura más fundamental de las relaciones entre los estados, así como de la protección humana que hemos construido por casi un siglo. No podemos normalizar estas graves quebrantamientos del orden internacional que ha tomado tanto esfuerzo consolidar.

La OEA es un foro político, sí, pero también es un espacio donde debemos enaltecer y honrar la legalidad internacional a través de nuestras acciones. Por ello, México exige que se respete el derecho internacional. Aprovechamos esa reunión para reafirmar juntos el compromiso con la protección de los derechos humanos, la garantía de la inviolabilidad de las misiones diplomáticas y el pleno respeto al derecho de asilo diplomático con la protección internacional que éste confiere.

Como se reconoció en este consejo hace poco menos de un año en las sesiones extraordinarias sobre la situación de los asilados venezolanos en la Embajada Argentina en Caracas, esos son principios esenciales para la estabilidad, la seguridad y la paz de la región. Es precisamente en tiempos en que evidenciamos cuestionamientos al derecho internacional que debemos defenderlo. La historia juzga no sólo por lo que decimos y hacemos, sino los motivos detrás de nuestras acciones. Esto es uno de estos momentos decisivos para nuestra organización, en los que está en juegos el fortalecimiento del Estado de derecho internacional y debemos demostrar que estamos a la altura de las circunstancias.

Para concluir, permítame subrayar que una vez más, que México permanece abierto al diálogo sobre esta y otras cuestiones con cualquier Estado miembro, siempre y cuando partamos del respeto irrestricto a los principios y normas internacionales que voluntariamente hemos suscrito y del apego de las reglas y procedimientos de nuestra organización, premisas que son fundamentales e irrenunciables. Muchas gracias, señor presidente.

OEA: Perú pide ante el Consejo Permanente que en los países miembros no se otorgue asilo a inculpados

OEA: México sostiene que propuesta peruana “es inviable en términos jurídicos” en el seno del Consejo Permanente

OEA. El caso de la última jefe del Gabinete de Pedro Castillo, Betssy Chávez Chino, quien se asiló en la sede diplomática mexicana en Lima, días antes de recibir una condena de 11 años de prisión por el delito de conspiración para rebelión y que espera se le otorgue un salvoconducto enfrentó este miércoles en el Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos en Washington, DC, a las representaciones del Perú y de México, países con relaciones diplomáticas rotas desde noviembre último.

Aunque el canciller peruano Hugo de Zela Martínez afirmó que quería “ser muy claro en afirmar que aquí no estamos planteando un caso específico de asilo diplomático como el de estos últimos días, que involucra a la expresidente del Consejo de Ministros, señora Betsy Chávez”, la representante mexicana Luz Elena Baños Rivas sostuvo que su país “hace notar que fue solo después de haber otorgado el asilo y solicitado el salvoconducto se solicitó la convocatoria a una sesión extraordinaria para revisar reglas que son claras precisas y vigentes desde hace décadas”. “La vigencia del derecho no puede invocarse cuando las circunstancias son favorables y cuestionarse cuando son adversas. Estas discusiones políticas tienen el riesgo de desvirtuar la naturaleza humanitaria de la figura del asilo”, inquirió.

La posición peruana

A través del canciller embajador Hugo de Zela Martínez, la representación peruana exigió en el foro hemisférico  reunido en el salón Simón Bolívar de la OEA que “la aplicación del artículo 9 de la Convención deje de depender exclusivamente de un criterio subjetivo y se base en procedimientos institucionales que aseguren objetividad, trazabilidad y responsabilidad del Estado”.

“Lo que proponemos […] que cuando se evalúen los pedidos de asilo diplomático en el marco de la Convención de Caracas y otros instrumentos, como los que nos vinculan en materia de lucha contra la corrupción, la naturaleza de los delitos se analice de manera oportuna y objetiva con la información proporcionada por el Estado territorial, así como por otras fuentes confiables. antes de decidir si es procedente conceder el asilo solicitado”, enfatizó el canciller peruano.

El ministro de Relaciones Exteriores habló del caso peruano: “debemos, argumentó, ser además consecuentes con nuestra ley de asilo, promulgada en 2002, cuyo artículo sexto prescribe que no podrá otorgarse asilo a la persona que se encuentre inculpada, procesada o condenada ante tribunales judiciales ordinarios, competentes por delitos comunes o que haya cometido delitos contra la paz, terrorismo, crímenes de guerra o delitos de lesa humanidad definidos en instrumentos internacionales”.

“Por ello, pensamos que es indispensable convenir un procedimiento previo de carácter obligatorio que precise y transparente los términos en los que se debe cumplir con el artículo 9 de la Convención de Caracas, estableciendo lineamientos que permitan una evaluación objetiva y oportuna basada en la información verificable del estado territorial y que reduzcan la discrecionalidad individual en su aplicación”.

En el curso de su exposición, De Zela Martínez informó a la representación que había hablado del tema con cancilleres de varios países “que comparten nuestra preocupación” sin mencionar los nombres de los embajadores ni a los países que representan. “En el curso de esas conversaciones se nos ha sugerido la posibilidad de solicitar una opinión al Comité Jurídico Interamericano.

“Están circulando en este momento una documentación donde formulamos tres preguntas al Comité Jurídico Interamericano. Están ahí  las 3 preguntas que deseamos formular al Comité Jurídico Interamericano para la consideración de este Consejo Permanente”, indicó.

“Lo que proponemos […] que cuando se evalúen los pedidos de asilo diplomático en el marco de la Convención de Caracas y otros instrumentos, como los que nos vinculan en materia de lucha contra la corrupción, la naturaleza de los delitos se analice de manera oportuna y objetiva con la información proporcionada por el Estado territorial, así como por otras fuentes confiables. antes de decidir si es procedente conceder el asilo solicitado”, detalló.

Agregó:”Ello exige que la aplicación del artículo 9 de la Convención deje de depender exclusivamente de un criterio subjetivo y se base en procedimientos institucionales que aseguren objetividad, trazabilidad y responsabilidad del Estado”. (Vea el discurso completo del canciller Hugo de Zela).

La propuesta peruana explicada en los 15 minutos de exposición de Hugo de Zela Martínez será considerada por el Consejo Permanente en una próxima sesión, en la medida que Perú cumpla con las disposiciones reglamentarias establecidas en el artículo 48, que señala que estas deben ser entregadas con anticipación suficiente para que cada uno de los Estados pueda hacer las consultas a capital, según precisión del presidente del foro, el representante chileno Tomás Pascual.

 

La postura mexicana

La representación mexicana en la persona de la embajadora Luz Baños no contradijo la esencia de la propuesta peruana pero centró su intervención en  cuestionarla por un tema procedimental y de competencia. “No estamos en el espacio competente para evaluar la aplicación de la Convención sobre Asilo Diplomático de 1954, conocida como la Convención de Caracas, mucho menos con miras a revisar, reinterpretarla o proponer modificaciones”, expresó al inicio de su intervención.

Enseguida preguntó si esta sesión extraordinaria, convocada a propuesta del Perú,  “atiende a un genuino esfuerzo jurídico sobre un asunto hemisférico o si obedece a un intento de dirimir un caso concreto objeto de controversia entre 2 Estados miembros de la organización”, para luego destacar 3 puntos fundamentales en la postura mexicana:

El principio elemental del derecho de los tratados. “No se puede revisar, reinterpretar ni modificar un instrumento internacional sin la presencia y el consentimiento de todos los estados parte de dicho instrumento, como tampoco lo pueden hacer los estados que no son parte de éste”, aseveró.

“La composición misma de este foro confirma la improcedencia jurídica de plantear aquí cualquier intento de ajuste normativo a la Convención de Caracas. Sólo una fracción de los estados hoy presentes son partes del tratado, varios no lo son y hay un estado parte (Venezuela) que no está sentado en esta mesa porque no participa en la organización. Es decir, mientras que en este espacio le da voz a quienes son ajenos al tratado, impide que sí tienen este derecho se pronuncien al respecto”, señaló.

Sostuvo que el “El Consejo Permanente es sin duda un foro político con proyección jurídica sin  embargo, no puede asumir la función de órgano revisor de un tratado internacional y menos aún de un instrumento cuyo propio contenido no le atribuye tal facultad y cuya membresía no coincide con la desorganización”.

“Por ello, sentenció la representante del Gobierno de Claudia Sheinbaum, simple y sencillamente es inviable en términos jurídicos pretender iniciar aquí un proceso de ajuste o revisión de un tratado que sigue plenamente vigente y cuyo contenido resulta igual de aplicable y relevante que cuando se negoció, como lo confirma la práctica regional”. (Vea el texto completo del discurso mexicano)

Papa León XIV aclara que visita a Perú en el 2026 “aún no está definido”

Papa León XIV quiere visitar Perú por su profundo y estrecho vínculo personal y pastoral

Papa León XIV: La agenda de viajes del pontífice del 2026 a Latinoamericana, que podría incluir Perú, aún no está definida. “En cuanto a los viajes, no hay nada seguro, espero hacer un viaje a África. Posiblemente sea el próximo viaje”, declaró este martes León XIV en diálogo con los periodistas que viajaban con él en el vuelo de regreso del Líbano a Roma.

“Personalmente, espero ir a Argelia para visitar los lugares de San Agustín, pero también para poder continuar el diálogo, la construcción de puentes entre el mundo cristiano y el mundo musulmán. Ya en el pasado, en otra ocasión, tuve la oportunidad de hablar sobre este tema. Es interesante, la figura de San Agustín ayuda mucho como puente porque en Argelia es muy respetado como hijo de la patria. Ese es uno. Luego, hay algún otro país, pero estamos trabajando en ello”, explicó el papa al responder a la inquietud de los periodistas.

“Evidentemente, agregó, me gustaría mucho visitar América Latina, Argentina y Uruguay, que están esperando la visita del Papa. Perú, creo que me recibirán, y si voy a Perú también muchos países vecinos, pero el proyecto aún no está definido”, remarcó.

León XIV y su deseo de visitar Perú

El Papa León XIV, cuyo nombre de nacimiento es Robert Francis Prevost, ha expresado abiertamente y con entusiasmo su deseo de viajar a Perú como parte de sus futuros viajes apostólicos a América Latina.

¿Por qué razón?

La razón principal es su profundo y estrecho vínculo personal y pastoral con Perú.

Larga Estancia: El Papa Leon XIV vivió en Perú, principalmente en la costa norte (Chulucanas, Piura, Trujillo y Chiclayo), durante casi 40 años como misionero agustino, párroco y, finalmente, como Obispo de Chiclayo.

Arraigo Sentimental: Perú es el lugar donde desarrolló gran parte de su vida religiosa y pastoral, y el país ha capturado su corazón. En su primer mensaje tras ser elegido, dirigió un saludo muy especial a su «querida diócesis de Chiclayo».

Nacionalidad Peruana: obtuvo la nacionalidad peruana en 2015. Esto no fue solo un trámite, sino que se convirtió en un requisito para asumir el cargo de Obispo residencial de Chiclayo bajo el concordato entre Perú y la Santa Sede. El hecho de ser peruano de corazón y legalmente hace que un viaje a Perú sea un «regreso a casa».

Al mencionar el viaje, el Papa ha dicho frases como «Por supuesto» y que ir al Perú está «pendiente» con gusto.

Papa León XIV: Ceremonia de despedida al pontífice en el Aeropuerto Internacional de Beirut (Foto: Vatican Media).
Papa León XIV: Ceremonia de despedida al pontífice en el Aeropuerto Internacional de Beirut (Foto: Vatican Media).

¿Cuántas veces mencionó el papa su deseo de visitar el Perú?

Desde su elección, el Papa León XIV ha mencionado su deseo de visitar Perú y otros países de América Latina en al menos dos ocasiones públicas destacadas:

En su discurso tras la elección (o poco después): Al enviar un saludo a su «querida diócesis de Chiclayo, en el Perú», donde un pueblo fiel acompañó a su obispo y compartió su fe. Esto se interpretó como un fuerte guiño a sus ganas de regresar.

En declaraciones a la prensa internacional (noviembre de 2025): Donde fue explícito al confirmar que «por supuesto» quiere viajar a América Latina, citando a México, Uruguay, Argentina y Perú.

Además de estas menciones directas, Dina Boluarte, cuando ejercía la presidencia, confirmó que lo invitó personalmente y que existe la expectativa de que visite el país en uno de sus próximos viajes.

Papa León XIV: Santa Misa en el «Beirut Waterfront» (Foto: Vatican Media).
Papa León XIV: Santa Misa en el «Beirut Waterfront» (Foto: Vatican Media).

León XIV, profundo amor, cariño y gratitud por Perú

Corazón Peruano: Se dice que tiene un «corazón peruano». Su trabajo se centró en la evangelización, la formación y el acompañamiento de las comunidades, especialmente en las zonas de menores recursos.

Misionero de la Justicia Social: Su labor pastoral en Perú estuvo marcada por una profunda misión social y un compromiso con los pobres, lo que le dio un entendimiento directo de la realidad del país.

Lazos inquebrantables: Al obtener la nacionalidad peruana, formalizó un vínculo que ya existía a nivel espiritual y de servicio. Perú no es solo un destino, es una parte esencial de su identidad como sacerdote y ahora como Papa.

Perú es una parte vital de su vida, y su deseo de visitarlo es un reencuentro con su comunidad, su fe y su segunda patria

Papa León XIV: Ceremonia de despedida al pontífice en el Aeropuerto Internacional de Beirut (Foto: Vatican Media).
Papa León XIV: Ceremonia de despedida al pontífice en el Aeropuerto Internacional de Beirut (Foto: Vatican Media).

Papa León XIV em su rol de obispo de Chiclayo

El Cardenal Robert Prevost fue nombrado Obispo de la Diócesis de Chiclayo,  en 2015. Su gestión en esta diócesis, que abarca las provincias de Chiclayo, Lambayeque y Ferreñafe, se centró en varios pilares clave: Énfasis en la Formación y la Evangelización

Renovación Pastoral: Impulsó vigorosamente el Plan Diocesano de Pastoral, buscando acercar la Iglesia a las familias y a los jóvenes.

Seminario: Puso gran atención a la formación de los futuros sacerdotes en el Seminario Mayor de San Carlos y San Marcelo, asegurando una formación integral y cercana a la realidad peruana.

Compromiso Social y Caridad con los más necesitados: Chiclayo es una zona con altos índices de pobreza. El Papa priorizó el trabajo de Cáritas Diocesana, movilizando recursos para atender las necesidades básicas de la población, especialmente en temas de salud y alimentación.

@agendapais

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Respuesta a Desastres: Lideró la respuesta de la Iglesia local durante los embates del fenómeno de El Niño Costero (especialmente en 2017), coordinando ayuda humanitaria y el apoyo a las comunidades afectadas por inundaciones.

Fortalecimiento de la Unidad y Diálogo Sacerdotal: Trabajó para mantener la unidad y la comunión entre el clero, promoviendo un diálogo constante y un acompañamiento cercano a sus sacerdotes.

Su estilo fue siempre descrito como cercano, humilde y pastoral, recorriendo las parroquias y viviendo la fe de la gente.

Daniel Urresti estará presente en las próximas elecciones a través de Juanita

Daniel Urresti: Juanita Pastor será candidata al Senado  por Podemos Perú

Daniel Urresti Elera, excandidato presidencial y excandidato a la alcaldía de Lima, y en el 2023 condenado a 12 años de prisión  por coautoría en el asesinato en 1988  del periodista Hugo Bustíos, estará presente en las próximas elecciones generales , pero no de manera directa sino a través de su esposa, la señora Juanita Pastor Talledo de Urresti.

Pastor Talledo de Urresti, presentada en un acto proselitista en San Juan de Lurigancho, será  candidata a una curul en el próximo Senado por Podemos Perú, partido en el que ella y su esposo recluido en prisión, según manifestó, están comprometidos en la recuperación de la seguridad ciudadana y la lucha para derrotar a la delincuencia. “Con Daniel también luchamos, durante años, por los derechos sociales y económicos de los peruanos trabajadores”, comentó.

Danuiel Urresti: Pastor Talledo, presentada en un acto proselitista en San Juan de Lurigancho, será candidata a una curul en el próximo Senado

Danuiel Urresti: Pastor Talledo, presentada en un acto proselitista en San Juan de Lurigancho, será candidata a una curul en el próximo Senado

La candidatura

¿Qué pretendería Podemos Perú al poner de candidata al Senado a la señora Juanita Pastor de Urresti?

1.La candidatura al Senado de la señora Juanita Pastor de Urresti, esposa del condenado exgeneral Daniel Urresti, por el partido Podemos Perú puede interpretarse como una estrategia con varios objetivos:

Captación y movilización: El objetivo principal de esta candidatura parece ser la captación y movilización del electorado que apoyaba a Daniel Urresti.

Mantener la base electoral: Daniel Urresti fue un candidato que obtuvo una votación significativa, especialmente en Lima, en las elecciones congresales de 2020 (donde fue el más votado de Lima), presidenciales de 2021 y municipales de 2022. Al postular a su esposa, el partido busca mantener «vivo» el vínculo emocional y político con esa base de votantes que se identificaba con la figura o el estilo de Urresti.

Narrativa de «Persecución»: La candidatura permite a Podemos Perú capitalizar la narrativa que el propio Urresti y sus defensores han promovido: la idea de que la condena  de prisión de 12 años por coautoría en el asesinato en 1988  del periodista Hugo Bustíos, fue una venganza o persecución política. Al postular a su esposa, el partido puede presentarse como víctima de un sistema judicial que «castigó» a un líder popular, buscando generar solidaridad y rechazo a la condena.

Continuidad del mensaje: Aunque la señora Urresti podría tener sus propias propuestas, su candidatura automáticamente trae consigo la asociación con las principales banderas de su esposo (especialmente la seguridad ciudadana y un estilo de comunicación frontal), asegurando que el mensaje de la campaña anterior se mantenga presente.

Daniel Urresti se despide de su esposa, Juanita Pastor Talledo el día que fue sentenciado a prisión (foto: ypoutube).

Daniel Urresti se despide de su esposa, Juanita Pastor Talledo el día que fue sentenciado a prisión (foto: ypoutube).
  1. ¿Podría Juanita Urresti captar el voto de aquellos que recuerdan a Daniel Urresti?

Es muy probable que pueda captar una parte importante de ese voto.

Voto por Identificación: En el Perú, especialmente en candidaturas con un fuerte componente personalista como la de Urresti, muchos votantes no votan solo por el partido o el plan de gobierno, sino por el nombre y la historia del candidato. La postulación de un familiar directo (la esposa) es una táctica clásica en la política para heredar esa fidelidad y reconocimiento de marca personal.

Factor Emocional: El caso judicial y la condena han generado una fuerte carga emocional en sus seguidores. La señora Urresti, al ser la persona más cercana al condenado, puede despertar un voto de solidaridad, lástima o indignación entre quienes creen en la inocencia o en la persecución de su esposo.

Familiaridad: Al no ser una figura política previamente conocida por sí misma, el factor de reconocimiento es casi nulo, por lo que su única y más poderosa carta de presentación es ser la «esposa de Daniel Urresti».

Daniel Urresti: Juanita Pastor será candidata al Senado por Podemos Perú
Daniel Urresti: Juanita Pastor será candidata al Senado por Podemos Perú

El perfil de Daniel Urresti

Ministro del Interior del Perú durante el gobierno de Ollanta Humala, desde junio de 2014 hasta febrero de 2015.

Congresista de la República por Lima en el periodo 2020-2021, siendo miembro del partido político Podemos Perú.

Candidato a la alcaldía de Lima en las elecciones de 2018 y 2022, y candidato a la presidencia del Perú en las elecciones de 2021.

Antes de ser ministro, colaboró en la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) como asesor y luego como secretario de Gestión del Riesgo de Desastre, y fue alto comisionado en asuntos de formalización e interdicción de la minería ilegal.

Recibió su formación castrense en la Escuela Militar de Chorrillos y tiene una maestría en Ingeniería Electrónica.

En cuanto a su historial judicial, fue condenado a 12 años de prisión en abril de 2023 por ser coautor del asesinato del periodista Hugo Bustíos en 1988, bajo la circunstancia agravada de alevosía. El tribunal determinó que atacó conjuntamente a Bustíos con disparos de arma de fuego.

Perspectiva de «Venganza Política»

Argumento de Urresti: Daniel Urresti y su defensa legal han argumentado consistentemente que la condena es una «venganza», «persecución política» o un caso de «revanchismo» contra miembros de las Fuerzas Armadas que combatieron el terrorismo.

Motivo Político: Este argumento se apoya en el hecho de que Urresti era un político muy visible, que fue ministro del Interior, congresista y dos veces candidato a la alcaldía de Lima con alta votación. Sus partidarios sugieren que su condena buscó sacarlo de la carrera política.

Cuestionamiento Legal: La defensa también ha cuestionado la aplicación retroactiva de normas internacionales (como el Estatuto de Roma) o ha intentado aplicar leyes de amnistía o prescripción a su favor, aunque el Poder Judicial ha declarado estas leyes inaplicables en su caso por tratarse de delitos de lesa humanidad.

 

Diciembre: Estos son los 3 feriados nacionales que se celebran en el último mes del año

Diciembre: y ¿por qué ahora es feriado no laborable el 9 de diciembre, Día de la Batalla de Ayacucho?

Diciembre. El calendario en Perú celebra 3 Feriados Nacionales (días de descanso obligatorio y remunerado) en el mes de diciembre, último mes del año, a los que se suman otros días importantes y un Día No Laborable decretado para el sector público.

  1. Feriados Nacionales de Diciembre

Estos son los días festivos oficiales y de descanso obligatorio para el sector público y privado en todo el país:

  • 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción.
  • 9 de diciembre: Conmemoración de la Batalla de Ayacucho.
  • 25 de diciembre: Navidad.
  1. Días No Laborables Adicionales (Sector Público)

Además de los feriados nacionales, el Gobierno peruano suele declarar días no laborables compensables para el sector público, que a menudo se utilizan para generar «feriados largos» o «puentes festivos». Estos son:

  • 26 de diciembre: Día No Laborable (compensable, principalmente para el sector público, para extender la Navidad a un fin de semana largo).

En el sector privado, el descanso en los días no laborables es opcional y depende de un acuerdo entre el empleador y los trabajadores.

Así, si se pregunta por las «fiestas» o días de descanso obligatorio para la mayoría de la población, la respuesta son 3 días feriados nacionales.

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Diciembre: Machupicchu , complejo arqueológico (Foto: Ministerio de Cultura).
Diciembre: Machupicchu , complejo arqueológico (Foto: Ministerio de Cultura).

Las celebraciones

8 de Diciembre: Día de la Inmaculada Concepción

Esta es una fiesta de origen religioso y una de las festividades marianas más importantes del calendario católico, religión predominante en Perú.

  • Celebración: Se conmemora el dogma de fe que sostiene que María fue concebida sin mancha de pecado original.
  • Costumbres en Perú: Es un día de gran fervor, especialmente en zonas con mucha tradición religiosa.
    • Festividades Específicas: En algunas localidades costeras y serranas se realizan procesiones y misas especiales en honor a la Virgen.
    • Dato Clave: Al caer a principios de mes, a menudo sirve como el inicio informal de las grandes celebraciones navideñas en muchas familias.
    • Diciembre: Escenificación de la Batalla de Ayacucho, en su Bicentenario (Foto: Prensa Presidencia).
      Diciembre: Escenificación de la Batalla de Ayacucho, en su Bicentenario (Foto: Prensa Presidencia).

9 de Diciembre: Conmemoración de la Batalla de Ayacucho

Este es un feriado cívico que conmemora un evento crucial para la historia del Perú y de América del Sur.

  • Significado: Se recuerda la batalla final y decisiva por la independencia del Perú y la de América Hispana, ocurrida en la Pampa de la Quinua (Ayacucho) en 1824.
  • Celebración: Se realizan actos cívicos y militares en todo el país, especialmente en Ayacucho.
    • Actos Oficiales: Ceremonias de izamiento de la bandera, desfiles y ofrendas florales ante los monumentos de los héroes de la independencia.
    • Ayacucho: En la región de Ayacucho se celebra con actividades culturales y homenajes especiales para recordar su papel como cuna de la libertad americana.
    • Diciembre: imagen que representa la navidad del Señor
      Diciembre: imagen que representa la navidad del Señor

25 de Diciembre: Navidad (Natividad del Señor)

Es la celebración más universal del mes de diciembre, marcando el nacimiento de Jesucristo, aunque sus festividades se extienden a lo largo de la Nochebuena (24 de diciembre).

  • Celebración: La celebración se centra en la unidad familiar, la caridad y la esperanza.
  • Costumbres en Perú:
    • Nochebuena (24 de diciembre): El momento central es la cena familiar después de la medianoche, donde el plato principal es típicamente pavo o lechón al horno, acompañado de otros ingredientes como arroz, puré, y ensaladas, además del chocolate con panetón. Después de la cena, se abren los regalos.
    • Religión: Muchas familias asisten a la «Misa de Gallo» (Misa de Nochebuena) antes de la cena si son fieles católicos. Los peruanos que profesan otro credo tienen otros ritos.
    • Decoración: Es tradicional armar el nacimiento (pesebre) en casa y decorar el árbol de Navidad.

El feriado recién recuperado

Importante señalar que recién desde el año 2022 el 9 de diciembre, Día de la Batalla de Ayacucho, es feriado nacional no laborable en Perú.

Fue declarado feriado nacional por la Ley N° 31381, que se publicó en el Diario Oficial El Peruano el 31 de diciembre de 2021 y entró en vigencia a partir del 1 de enero de 2022.

Antes de la Ley N° 31381, que lo declaró feriado en diciembre de 2021 (para aplicarse desde 2022), el 9 de diciembre no era un día de descanso remunerado obligatorio principalmente porque:

  1. Prioridades en el Calendario de Feriados: El calendario de feriados en Perú, históricamente, ha incluido fechas clave de la independencia (como el 28 y 29 de julio), festividades religiosas importantes (como Semana Santa, Inmaculada Concepción el 8 de diciembre y Navidad), y otras conmemoraciones patrióticas (como el Combate de Angamos o el Día del Trabajo). Aunque la Batalla de Ayacucho siempre fue un evento trascendental, simplemente no estaba incluido en la lista de feriados nacionales establecidos por ley.
  2. Impulso Legislativo Reciente (Bicentenario): El impulso final para declararlo feriado se dio en el contexto de la conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú (que se celebró en 2021). Los legisladores que propusieron la ley (en 2021) argumentaron que era el momento oportuno para:
    • Reconocer la trascendencia histórica del evento, ya que la Batalla de Ayacucho de 1824 fue la que selló definitivamente la independencia no solo del Perú, sino de toda Sudamérica.
    • Impulsar el turismo en la región de Ayacucho, al crear un fin de semana largo junto con el feriado religioso del 8 de diciembre (Día de la Inmaculada Concepción).

En conclusión, la Batalla de Ayacucho siempre fue un hito histórico, pero su reconocimiento como feriado nacional no laborable fue una decisión legislativa relativamente reciente (2021), impulsada por el espíritu del Bicentenario y el deseo de aumentar el turismo.

Pedro Castillo: conceptos jurídicos que utilizó la Sala para condenar al expresidente por Conspiración para Rebelión

Pedro Castillo: y, ¿porqué la Sala Penal desechó el delito de rebelión?

Pedro Castillo. La Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Perú condenó el último 27 de noviembre, por mayoría, al expresidente Pedro Castillo Terrones por el delito de conspiración para rebelión, imponiéndole una pena de prisión de 11 años, 5 meses y 15 días, además de inhabilitación por dos años.

Estos son los fundamentos a los que recurrió la Sala Penal para condenar por Conspiración para rebelión al expresidente Pedro Castillo Terrones.

El principal fundamento de la condena se centra en la figura delictiva de la conspiración para el delito de rebelión.

Conclusión de Acuerdo Ilegal: El tribunal concluyó que Pedro Castillo, en su condición de Jefe de Estado, y sus entonces funcionarios (incluyendo a Betssy Chávez, Willy Huerta y Aníbal Torres), acordaron atentar contra el orden constitucional. Este acuerdo se materializó en la organización y difusión del mensaje a la Nación del 7 de diciembre de 2022.

Agravante por Condición de Jefe de Estado: Se consideró que Castillo actuó con agravantes debido a su posición como Jefe de Estado al momento de cometer el ilícito.

Pedro Castillo: La Sala consideró que el expresidente actuó con agravantes debido a su posición como Jefe de Estado al momento de cometer el ilícito (Foto: Justicia TV).
Pedro Castillo: La Sala consideró que el expresidente actuó con agravantes debido a su posición como Jefe de Estado al momento de cometer el ilícito (Foto: Justicia TV).

Desvinculación del Delito de Rebelión a Conspiración

Inicialmente, Castillo fue acusado por el delito de rebelión. Sin embargo, la Sala Penal Especial optó por la figura de la desvinculación para aplicar el delito de conspiración para rebelión.

Este delito sanciona el simple acuerdo de dos o más personas para cometer el delito de rebelión, sin necesidad de que la rebelión se haya consumado o entrado en su fase de ejecución efectiva, tal como lo exige el delito de rebelión.

Exclusión de Delitos Menores: El tribunal absolvió a Castillo del delito de grave perturbación a la tranquilidad pública al quedar absorbido por la conspiración para la rebelión.

Pedro Castillo: El tribunal absolvió al expresidente del delito de grave perturbación a la tranquilidad pública al quedar absorbido por la conspiración para la rebelión (Foto: Justicia TV)
Pedro Castillo: El tribunal absolvió al expresidente del delito de grave perturbación a la tranquilidad pública al quedar absorbido por la conspiración para la rebelión (Foto: Justicia TV)

Explicación de la Sala sobre la Conspiración para Rebelión

La explicación de la Sala Penal para condenar por conspiración para rebelión se basa en el elemento subjetivo del delito y su configuración:

El Plan de Atentado Constitucional: Los jueces consideraron probado que Pedro Castillo conspiró con sus coimputados para llevar a cabo el golpe de Estado (el mensaje a la Nación del 7 de diciembre de 2022, que anunciaba la disolución del Congreso, la reorganización del sistema de justicia y el gobierno por decreto).

Suficiencia del Acuerdo: La conspiración se configura y sanciona desde el momento en que se establece el acuerdo para ejecutar la rebelión, incluso si esta no tuvo éxito o no se llevó a cabo el alzamiento en armas (elemento esencial para la rebelión). El tipo penal de conspiración para rebelión castiga la etapa previa de ideación y acuerdo para cometer un delito contra los Poderes del Estado y el Orden Constitucional.

Fracaso No Exime de Responsabilidad: La sentencia sostiene que, a pesar de que el golpe de Estado fue fallido al ser rechazado por las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional, y las instituciones peruanas, y no logró consumarse la fase ejecutiva de la rebelión, el acuerdo previo y la difusión del mensaje constituyen la conspiración sancionable por la ley penal.

¿Porque la Sala penal desechó el delito de rebelión en el caso Pedro Castillo?

La Sala Penal Especial de la Corte Suprema desechó el delito de rebelión para condenar al expresidente Pedro Castillo y, en su lugar, aplicó el delito de conspiración para rebelión debido a la ausencia de un elemento clave requerido por el tipo penal de rebelión en el Código Penal peruano: el alzamiento en armas.

Pedro Castillo: La Sala Penal Especial de la Corte Suprema desechó el delito de rebelión para condenar al expresidente (Justicia TV).
Pedro Castillo: La Sala Penal Especial de la Corte Suprema desechó el delito de rebelión para condenar al expresidente (Justicia TV).

Diferencia Clave entre Rebelión y Conspiración

El rechazo del delito de rebelión se fundamenta en la diferencia estructural entre ambos tipos penales:

  1. Delito de Rebelión (Art. 346 del C.P.)

El tipo penal de rebelión requiere como elemento objetivo esencial el alzamiento en armas (o manifestación de fuerza armada) para variar la forma de gobierno o deponer al gobierno constituido.

Requisito Ausente: En el caso de Pedro Castillo, el intento de golpe de Estado del 7 de diciembre de 2022 se materializó con un mensaje a la Nación y el intento de ejecutar medidas inconstitucionales (disolución del Congreso, intervención de instituciones). Sin embargo, no hubo un alzamiento o levantamiento armado efectivo. Las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional no acataron la orden, lo que impidió la configuración del acto de fuerza.

Conclusión de la Sala: Al no haberse producido la fase ejecutiva que implica el uso o la disposición de armas (el alzamiento), el delito de rebelión no llegó a configurarse ni siquiera en grado de tentativa, según la interpretación de la Sala.

Pedro Castillo: La Sala Penal aplicó la figura de la conspiración para rebelión mediante la figura procesal de la desvinculación procesal (o recalificación). (Foto: Justicvia TV).
Pedro Castillo: La Sala Penal aplicó la figura de la conspiración para rebelión mediante la figura procesal de la desvinculación procesal (o recalificación). (Foto: Justicvia TV).
  1. Conspiración para Rebelión (Art. 349 del C.P.)

La Sala Penal aplicó la figura de la conspiración para rebelión mediante la figura procesal de la desvinculación procesal (o recalificación). .

En resumen, la Sala desechó la rebelión porque faltó el requisito material de la violencia armada, y se decantó por la conspiración porque sí se probó el acuerdo ilegal y la ideación para ejecutar el atentado contra el orden constitucional.